La Ciudad reglamentó la Ley de equilibrio poblacional de mascotas: habrá castraciones gratuitas en las 15 comunas y una plataforma para rescatistas
El Gobierno porteño oficializó la puesta en marcha de la Ley 6.856 mediante la Resolución N.º 16/SSAMB/26. La norma define las pautas para esterilizaciones masivas, fijación de turnos web y un protocolo de trazabilidad para donaciones e identificación de animales extraviados.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reglamentó la Ley 6.856 de Plan de Equilibrio Poblacional Ético y Apoyo a Organizaciones Rescatistas mediante la Resolución N° 16/SSAMB/26 de la Subsecretaría de Ambiente. La disposición define el marco operativo para implementar castraciones masivas y gratuitas de perros y gatos en todo el distrito, a la vez que pone en marcha un protocolo de registro para entidades de rescate y un procedimiento para el reporte de animales hallados en la vía pública.
El programa de esterilización alcanzará a las 15 comunas de la Capital Federal de forma gratuita para todos los residentes con domicilio legal en la jurisdicción. Según lo establecido en la normativa, la meta anual de cirugías se fijará sobre la base de los datos de la Encuesta Anual de Hogares (EAH) para priorizar las zonas de mayor necesidad sanitaria. Para organizar la atención y resguardar la salud de las mascotas, las jornadas se coordinarán a través de la plataforma digital Animales BA, donde se otorgarán turnos por franjas horarias dentro de un cronograma semanal publicado previamente.
Asimismo, la resolución regula la participación de las organizaciones rescatistas en la web oficial para la recepción de donaciones de la ciudadanía. Para formar parte del sistema, las entidades deberán acreditar su personería jurídica, DNI de sus representantes y suscribir una declaración jurada anual sobre la trazabilidad de los fondos recibidos y su destino final, bajo pena de ser excluidas de la plataforma en caso de incumplimiento.
Por último, el Anexo de la norma formaliza el trámite para aquellos vecinos que encuentren un perro o gato extraviado y notifiquen el hallazgo en las sedes comunales. Los ciudadanos deberán completar una declaración jurada dejando constancia de que no son los propietarios, sus datos personales y la ubicación geográfica precisa del rescate, con el objetivo de acelerar la localización de los tutores originales o coordinar un hogar de tránsito o adopción.






