Publicado el 24 de octubre de 2025|

Allanaron e imputaron a otra exparticipante de GH acusada de promocionar apuestas ilegales

Intervino la Policía de la Ciudad y la Justicia porteña.

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La Policía de la Ciudad allanó el domicilio de una exparticipante de Gran Hermano y se la imputó por la promoción de apuestas ilegales.

El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires informó el hecho y detalló: “La Fiscalía Especializada en Juegos de Azar, a cargo del fiscal Juan Rozas, solicitó el allanamiento del domicilio de una participante del reality Gran Hermano, imputada por promocionar plataformas ilegales de juegos de azar en su cuenta de Instagram. De acuerdo con la investigación, la imputada promocionó y promovió al menos 6 plataformas de juegos de azar ilegales, que operan sin controles ni autorización, captando posibles jugadores y ofreciendo beneficios en dinero”.

“El caso surgió a raíz de la denuncia de Lotería de la Ciudad y la imputada fue notificada e indagada por la fiscalía en mayo de este año; sin embargo, siguió promocionando sitios ilegales, por lo que el fiscal Rozas solicitó el allanamiento de su domicilio, que fue otorgado por el Juez Ariza Clerici, titular del Juzgado PCyF 1”, se agregó.

“En el allanamiento, que fue realizado por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal y la Policía de la Ciudad, se secuestraron dispositivos electrónicos y cuadernos con anotaciones relacionadas con apuestas, casinos y dinero.
Según la causa, la imputada se habría valido de su condición de “influencer” y del alcance masivo de sus redes sociales para captar apostadores y dirigirlos a distintos casinos virtuales ilegales. Además, habría incentivado a sus seguidores a registrarse y apostar en esas plataformas, incluso a menores de edad, configurándose a criterio de la Fiscalía un sistema organizado de captación de apostadores, conducta prohibida por la normativa penal vigente”, repasó el MPF-CABA.

“Por tal motivo, la imputada está acusada de infringir el artículo 301 bis del Código Penal Argentino, que establece penas de tres (3) a seis (6) años de prisión para quienes organicen, administren o exploten sistemas de juegos de azar —físicos o virtuales— sin la autorización correspondiente”, concluyó.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.