Ante la denuncia de un empleado, la Justicia porteña suspendió la implementación del sistema de reconocimiento facial en un edificio público
La jueza López Vergara pidió un nuevo sistema de control de presentismo.
La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, a través del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 6, dictó una medida precautelar que ordenó al Gobierno porteño proveer un sistema de registro de asistencia alternativo para un empleado público que se negó a entregar sus datos biométricos faciales.
La jueza Patricia López Vergara, autora de la resolución publicada el martes 14, dispuso suspender la obligatoriedad del nuevo sistema de control de presentismo por reconocimiento facial en el Palacio Lezama, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
La medida se originó tras una acción de amparo presentada por el abogado Jonatan Baldiviezo, integrante del Observatorio del Derecho a la Ciudad, quien pidió que se declare “la ilegalidad e inconstitucionalidad” del uso de datos biométricos faciales “para controlar su asistencia en el edificio gubernamental” ubicado en Av. Martín García 346.
Desde el Observatorio explicaron que el conflicto comenzó el 16 de septiembre, cuando la Dirección General de Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda comunicó “el reemplazo de los dispositivos de registro de asistencia por huella digital” por un sistema de reconocimiento facial. “La nota oficial advertía al personal que debían revalidar el registro de sus datos biométricos a los fines de no verse imposibilitados el registro y acceso respectivos”, agregaron.
Según el Observatorio, “el demandante argumentó que, hasta la fecha de la implementación, convivían dos métodos de registro: el reconocimiento de huella digital y el ingreso mediante número de DNI, sistema que él mismo utilizaba por fallas en el lector de huella. Sin embargo, denunció que el 30 de septiembre de 2025, el sistema de huella digital dejó de estar disponible y se le registró una ausencia a pesar de haber asistido, siendo el reconocimiento facial el único método habilitado”.
La demanda plantea que la medida del Gobierno porteño “es ilegal y arbitraria” por “violar” la Ley de Protección de Datos Personales, que considera los datos biométricos faciales como “datos sensibles”; por carecer de “consentimiento libre”, ya que la negativa a entregar los datos “podría exponer al trabajador a consecuencias como el despido”; por incumplir el principio de “minimización de datos”, al no superar un “juicio de necesidad” existiendo alternativas “igualmente eficaces”; y por “falta de transparencia”, dado que el empleado manifestó “desconocer” si el Gobierno registró la base de datos ante la Defensoría del Pueblo o realizó una Evaluación de Impacto en la Protección de Datos previa.
En su resolución, López Vergara consideró que, mientras se reúne la información necesaria para decidir sobre el fondo del asunto, era necesario dictar una medida precautelar para “resguardar los derechos, a fin de evitar que durante el lapso que irrogue el cumplimiento de las mismas se produzca una situación dañosa”.
De este modo, la Justicia porteña frenó la implementación del reconocimiento facial en un edificio público y ordenó al Gobierno de la Ciudad que, en un plazo de dos días, restablezca la registración del presentismo mediante huella dactilar; que permita el ingreso del demandante mediante el número de DNI; y que, en un plazo de diez días, informe sobre el procedimiento y la normativa que autorizó el sistema, si se efectuó un estudio de impacto, si la base de datos fue registrada, cuáles son las razones de “interés general” que justifican el uso de datos sensibles y si existen sistemas alternativos para quienes no den su consentimiento.
Por último, la magistrada advirtió que el incumplimiento de la orden de restablecer el método alternativo acarreará multas diarias de $10.000 al Director General de Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda.
“Esta decisión judicial es un precedente fundamental para la protección de los datos personales y la dignidad de los trabajadores”, concluyó Baldiviezo.