Antes de votar el Presupuesto 2025, la Legislatura porteña tuvo otro cuarto intermedio en la madrugada
El oficialismo busca los 31 votos para dar sanción a la llamada Ley de Leyes.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires tuvo, durante la última sesión ordinaria del año, tuvo su segundo cuarto intermedio poco antes de la una de la madrugada en la previa de la votación del Presupuesto 2025.
La sesión había sido convocada a las nueve de la mañana y cerca de las once se había llamado a un primer cuarto intermedio de una hora para las 13.
Luego, la sesión continuó y se aprobaron temas como la vuelta del Club Atlético Platense al predio público de Pedraza y Cramer en Núñez (Comuna 13), mediante una concesión de una década.
También se aprobó la constitución de un fuero laboral porteño y la inclusión de personas con discapacidad en los juicios por jurados.
A esto se sumó que la asistencia económica a víctimas de Cromañón (sobrevivientes y familiares de fallecidos) será vitalicia y se busca ampliar el padrón de beneficiarios.
Uno de los momentos más esperados fue la sanción definitiva (segunda lectura) de los ajustes al Código Urbanístico, que se obtuvieron con 31 votos del oficialismo y aliados, pese al rechazo de La Libertad Avanza y algunos legisladores del oficialismo ligados al Gobierno nacional libertario.
Luego de un segmento de Leyes que condonaron deudas a instituciones sociales, la presidenta de la Legislatura Clara Muzzio llamó a un cuarto intermedio de 30 minutos.
Fue en la previa de la votación del Presupuesto 2025, junto a su respectiva Ley Tarifaria.
Esto es porque desde temprano legisladores libertarios -del bloque de cinco diputados presidido por María del Pilar Ramírez- habían adelantado su rechazo a la llamada Ley de Leyes porque contempla aumentos en ABL y patentes.
Ramiro Marra, legislador libertario, había pedido al GCBA: “Si el Gobierno de la Ciudad no baja impuestos y gastos por 500.000 millones de pesos, yo no voto el presupuesto. Sin mi voto no llegan”.
A este pedido se habían sumado legisladores como Yamil Santoro de Republicanos Unidos y Pablo Donati del Compromiso Liberal Republicano.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






