La Justicia porteña ratificó el bloqueo preventivo de Uber
“Uber debe cumplir con el conjunto de reglas constitucionales, legales y reglamentarias” explica la sentencia.
La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires confirmó el bloqueo preventivo a la empresa Uber que el mes pasado había dispuesto ante las irregularidades que la empresa presenta desde su desembarco en CABA.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires resolvió, por unanimidad, confirmar la resolución dictada por la jueza Claudia Alvaro el pasado 22 de abril, en lo respectivo a la orden de “clausura/bloqueo preventivo” de la página “www.uber.com/argentina y las plataformas digitales, aplicaciones y todo otro recurso tecnológico que permita contratar y/o hacer uso de los servicios de transporte de pasajeros que ofrece la empresa UBER TECHNOLOGIES INC, UBER ARGENTINA SRL O UBER B.V., limitándola al estricto ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, hasta tanto la empresa se adecue a la normativa de la ciudad”.
“Uber debe cumplir con el conjunto de reglas constitucionales, legales y reglamentarias citadinas que se refieran a la actividad comercial que realiza, sin perjuicio de la observancia de la normativa que además le corresponda ante la Nación u otras provincias. Ello así, toda vez que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no sólo posee la atribución sino el deber de ejercer el poder de policía en aras de proteger la seguridad de las personas que habitan su territorio”, afirma la sentencia.
Los camaristas destacaron que “los usuarios de la firma se encuentran desamparados por cuanto estarían contratando un servicio de pasajeros totalmente exento de los controles del estado con las eventuales consecuencias disvaliosas que ello podría acarrear, extremo que nos permite considerar que se encuentran comprometidas las condiciones de seguridad y funcionamiento del servicio que se pretende explotar en la ciudad”.
Por último, los integrantes de la Sala II descartaron el planteo de la apelación que cuestionó lo resuelto por la jueza de primera instancia por “carencia total de fundamentos”.
