Dengue: a diferencia de Nación, Quirós dijo que “se ha demostrado técnicamente la eficacia” de la vacuna y llamó a su aplicación “focalizada”
El ministro de Salud porteño mostró diferencias con lo planteado por la gestión de Javier Milei.
El ministro de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, Fernán Quirós, afirmó que “se ha demostrado técnicamente la eficacia y seguridad” de la vacuna contra el dengue y resaltó la necesidad de iniciar una campaña de vacunación “focalizada” en sectores vulnerables de la población (como adultos mayores o gente con enfermedades de base) para disminuir la cantidad de infectados y fallecidos.
El ministerio de Salud de la Nación, Mario Russo, había afirmado que en su equipo de trabajo esperan más datos sobre la eficacia de la vacuna: “Queremos recabar datos finales de fase 4, en Argentina y Brasil, para con la Comisión Nacional de Inmunización y ver en qué regiones y grupo etario sería útil aplicarla”.
En tanto, el ministro del Gobierno nacional de Javier Milei había afirmado: “La semana pasada, el director de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) brindó una conferencia de prensa en Washington y dejó muy claro que esta vacuna no es de utilidad, no es efectiva para mitigar un brote. Se necesitarían casi ocho años para mitigarlo”.
No obstante, el funcionario porteño afirmó: “Me parece que no es un tema de opiniones, de la vacuna se ha publicado un trabajo donde se ha demostrado técnicamente la eficacia y seguridad”.
Quirós agregó sobre este punto que las pruebas realizadas a las dosis que creó el laboratorio Takeda (Japón) mostraron que “baja el riesgo de tener la enfermedad y, sobre todo, de tener la enfermedad grave”.
“La mayoría de los expertos y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) recomiendan que se analice un formato focalizado y segmentado”, enfatizó el ministro porteño y habló de “pensar una estrategia focalizada y segmentada y, sin ninguna duda, orientada a las provincias del norte que tienen casos todo el año”.
“La mayoría de los expertos se está orientando a que se apunte como política pública del Estado de una manera focalizada en un territorio con actividad endémica y segmentada, a los sectores que hoy en Argentina se enferman más”, enfatizó.
De todos modos, el vocero presidencial, Manuel Adorni, defendió este miércoles la gestión de Russo: “Consideramos que desempeña de manera exquisita sus labores como ministro de Salud”.
Además, el martes el Gobierno nacional difundió un comunicado y responsabilizó al Gobierno de Alberto Fernández del panorama sanitario actual: “Hoy estamos sufriendo las consecuencias de la falta de prevención que hubo el año pasado, donde no se hizo el trabajo correspondiente”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






