Detienen a una enfermera y a un hombre por ingresar a la casa de un paciente internado
La fiscalía ordenó diversas medidas de prueba, entre ellas la toma de declaraciones a testigos, el relevamiento de cámaras de seguridad, el secuestro de la valija y la documentación que tenían en su poder, así como registros fotográficos del estado del departamento.
Una enfermera y un hombre fueron detenidos acusados de haber ingresado sin autorización al domicilio de un paciente de 82 años que se encuentra internado en la Ciudad de Buenos Aires, informó el Ministerio Público Fiscal de la CABA.
El hecho se inició a partir de un llamado al 911 realizado por vecinos de la víctima, quienes alertaron sobre ruidos extraños provenientes del departamento. El hombre, según se informó, está internado con diagnóstico de síndrome confusional.
Al llegar al lugar, efectivos policiales encontraron a dos personas dentro de la vivienda con una valija. Al ser interrogados, no pudieron justificar su presencia en el domicilio ni explicar cómo habían obtenido las llaves.
En el caso intervino la Unidad de Flagrancia (UFLA) Este del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad, coordinada por Federico Tropea. El auxiliar fiscal Carlos Caputto dispuso la detención de los sospechosos: una mujer de 36 años que se desempeña como enfermera en el hospital donde está internada la víctima y un hombre de 40 años que la acompañaba. Ambos fueron imputados por el delito de violación de domicilio.
Además, la fiscalía ordenó diversas medidas de prueba, entre ellas la toma de declaraciones a testigos, el relevamiento de cámaras de seguridad, el secuestro de la valija y la documentación que tenían en su poder, así como registros fotográficos del estado del departamento.
También se solicitó al hospital un informe para determinar si se había enviado personal al domicilio del paciente, una copia certificada del legajo de la enfermera y un listado de las personas encargadas de su atención. En paralelo, se dispuso una consigna policial tanto en el departamento como en la habitación donde el hombre permanece internado.
Durante la audiencia, la UFLA Este solicitó la prisión preventiva de los imputados, medida que fue aceptada por la jueza María Carolina De Paoli, titular del Juzgado N° 27.
Por último, las actuaciones fueron remitidas a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional porteña, que continuará la investigación bajo la calificación de hurto agravado.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






