El GCBA aseguró que no dejará a las personas dormir en la calle
"Dormir en la calle no es una posibilidad”, advirtió el ministro de Seguridad Waldo Wolff. "No es una elección estar en la calle, en una ciudad que les da la posibilidad de ayudarlos y contenerlos", agregó.
Funcionarios del Ministerio de Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires ratificaron que continuarán con los operativos para desalojar a gente sin techo. No permitirán que las personas duerman en la calle.
El ministro de Seguridad Waldo Wolff aseguró: “Quien no acepta esa posibilidad no puede dormir en la calle, tiene que irse a otro lado. Dormir en la calle no es una posibilidad”. “Pero si no quieren ir, yo tengo que cuidar al vecino”, aclaró.
“La Ciudad de Buenos Aires es la única en la Argentina que atiende la problemática social con los centros de inclusión social”, expuso el funcionario y añadió: “En el último censo tenemos más de 1.000 personas viviendo en la calle, y se las invita a ir a un refugio. Entonces no es una elección estar en la calle, en una ciudad que les da la posibilidad de ayudarlos y contenerlos. Si no, no vamos a permitir que duerman en la calle. Primero porque está mal, y segundo porque es peligroso para todos”.
De modo similar, el secretario de Seguridad y jefe de la Policía de la Ciudad Diego Kravetz afirmó: “En la Ciudad la persona que tiene una dificultad habitacional tiene la posibilidad de ir a paradores. El que no acepta la posibilidad de ir a paradores, no puede dormir en la calle. Tiene que ir a dormir ahí o a otro lado que no sea la ciudad. No hay un punto ahí intermedio: no vamos a permitir ranchadas”.
El funcionario informó que la CABA “pasó de tener 725 personas que estaban caminando por la Ciudad de alguna manera, sin tener techo, a casi 9.000″.
Desde el inicio de la gestión, Jorge Macri ordenó el desalojo de ranchadas y campamentos de gente sin techo. Semanas atrás divulgó en sus redes “operativos de orden y limpieza” que mostraban el antes y el después de varias esquinas porteñas.
En ese contexto, la asociación civil Proyecto 7 que trabaja la problemática de la situación de calle había expresado: “El jefe de Gobierno Jorge Macri, y algunos funcionarios del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, la utilizaron para tratar de justificar el repudiable operativo de Orden y Limpieza, donde muestran videos donde en el “antes” hay una persona en situación de calle durmiendo y en el “después” desaparece, literal”.
“La diferencia entre que la usemos nosotrexs o ellxs es: cuando nosotrxs decimos la calle no es un lugar para vivir significa: reivindicación y restitución de derechos humanos y constitucionales violados y vulnerados sistemáticamente”, agregaron.
“Leyes específicas sobre esta problemática que ordene política pública a todo el Estado en su conjunto. Centros de Integración 24hs los 365 días del año, con la participación activa de sus habitantes en los mismos. Censos populares con metodología adecuada, rastrillando toda la Ciudad, con números reales cuantitativos y cualitativos. Trabajo integral interdisciplinario para un proceso de superación de la población. Ollas y desayunos en las calles para aquellxs que aún siguen estando en la calle. Contención, acompañamiento, amor, solidaridad compañerismo”, concluyeron.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






