El GCBA reorganiza la estructura de la carrera de profesionales de la salud en hospitales públicos
Un decreto del Gobierno porteño aprobó un nuevo esquema organizativo para la carrera de profesionales en el sistema hospitalario y dejó sin efecto la normativa vigente desde 2024.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante el Decreto N° 104, dispuso una reorganización de la estructura de la carrera de los profesionales de la salud en el sistema público hospitalario. La medida fue oficializada mediante el Decreto 104/2026, publicado en el Boletín Oficial.
La norma, firmada por el jefe de Gobierno Jorge Macri, establece la derogación del Decreto 93/2024 y aprueba una nueva estructura orgánico-funcional para los profesionales que trabajan en hospitales y centros de salud porteños, en el marco de lo establecido por la Ley 6.035, que regula el empleo público del sector.
Según se indicó en los fundamentos, la modificación busca mejorar la eficiencia administrativa y operativa del sistema sanitario, en línea con políticas orientadas a modernizar procesos, fortalecer la gestión de recursos humanos y optimizar el funcionamiento de las instituciones de salud.
La nueva organización alcanza a hospitales generales de agudos, hospitales pediátricos, centros especializados y establecimientos de salud mental de la Ciudad. Entre ellos figuran el Hospital Álvarez, Argerich, Durand, Fernández, Ramos Mejía, Santojanni, Penna y Pirovano, además de los hospitales de niños Pedro de Elizalde y Ricardo Gutiérrez.
También incluye a instituciones especializadas como el Hospital Muñiz, el Hospital María Curie, el Hospital Sardá, el Hospital de Quemados, el Hospital Lagleyze, el Hospital Santa Lucía, el Hospital Udaondo y el Instituto de Zoonosis Luis Pasteur, entre otros establecimientos del sistema público.
Asimismo, la reorganización abarca hospitales de salud mental como el Borda, el Moyano y el Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear, además del Hospital Infanto Juvenil Carolina Tobar García y el Centro de Salud Mental N.º 3 Arturo Ameghino.
El decreto también establece que los concursos para cargos de planta permanente realizados bajo la estructura anterior continuarán vigentes.
La normativa entró en vigencia el 1° de marzo de 2026 y su implementación quedará a cargo del Ministerio de Salud porteño y del Ministerio de Hacienda y Finanzas, que deberán adoptar las medidas administrativas necesarias para aplicar el nuevo esquema organizativo.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






