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Foto: Magistratura CABA

El GCBA retoma las obras para terminar del Complejo Penitenciario Federal VII en Marcos Paz

El Ministerio de Infraestructura hizo un llamado a licitación pública.

Publicado el 23 de septiembre de 2024|

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires retoma las obras para terminar la construcción del Complejo Penitenciario Federal VII –
Localidad Ricardo Gutiérrez, Partido de Marcos Paz, informa la  Licitación Obra Pública / Llamado N° 45/DGTALMI/24 publicada en el Boletín Oficial porteño.

El Ministerio de Infraestructura hizo un llamado a licitación pública para contratar la obra “Completamiento y Finalización del Complejo Penitenciario Federal VII – Localidad Ricardo Gutiérrez, Partido de Marcos Paz – Etapa 4”. La apertura de ofertas se celebrará el 8 de noviembre.

“Los Pliegos y demás documentación que rigen el presente llamado revisten el carácter de “Confidencial”. Podrán ser obtenidos de forma gratuita por los posibles oferentes” para lo cual deberán concurrir a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones y Procesos de Obra Pública, de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Infraestructura, sita en Av. Martín García 346, 5° Piso, CABA, de lunes a viernes en el horario de 11 a 16 hs, para adquirir dicha documentación en formato digital, debiendo acompañar la Declaración Jurada de Confidencialidad la que oportunamente será comunicada mediante Circular”, indican fuentes oficiales.

El Consejo de la Magistratura de la CABA repasó sobre los antecedentes: “En base a la adopción del compromiso entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de mudar el Complejo Penitenciario Federal de la C.A.B.A. (CPFCABAVilla Devoto), con fecha 12 de marzo de 2018 se suscribió un Convenio Marco entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia de Administración de Bienes del Estado, ratificado el 7 de junio de 2018 por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante Resolución N 100/2018, cuyo objeto consistió en establecer acciones conjuntas y coordinadas en vistas al interés público de este Gobierno en el traslado del denominado “Complejo Devoto”, a fin de favorecer al desarrollo urbano integral de su actual emplazamiento, mediante un plan conjunto con el Estado Nacional. El convenio Marco previó diversas acciones conjuntas, principalmente la construcción de un nuevo Complejo Penitenciario por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires interviniendo en sus alternativas y misiones y funciones el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El nuevo Complejo Penitenciario se está construyendo en el predio denominado catastralmente como Circunscripción III, Parcela 191d, Sección Rural, con una superficie de ciento veinte (120) hectáreas en el partido de Marcos Paz, de la Provincia de Buenos Aires”.

Un informe de la Magistratura de abril de 2023 señalaba: “Se pudo verificar el estado de conservación medio de los edificios e instalaciones en general de lo ya edificado, así mismo se pueden observar gran cantidad de elementos de construcción diseminados inorgánicamente por todos los módulos, debiéndose realizar tareas de mantenimiento en algunos lugares que presentan cierto deterioro. Existen faltantes de obra en todos los edificios que involucran los rubros que componen las normas de ejecución del buen arte en la construcción en materia carcelaria, así mismo no se pudo verificar la calidad de los materiales utilizados observándose a simple vista y a modo de ejemplo que se utilizó paneles de Durlock para revestir techos en sectores de circulación comunes que tendrán tránsito de personas alojadas, se nos informa verbalmente por personal del lugar que la obra actualmente se encuentra paralizada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa contratista, contando solamente con personal de seguridad y sereno, por ser ellos los responsables de la tenencia precaria de la obra hasta ser entregada al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación estimándose que se encuentra en un 60/70% la obra total y general para su finalización con “llave en mano” y que se hace, previo a la reiniciación de la obra, una evidente necesidad de realizar obras de mantenimiento en los módulos existentes, estimando las firmas contratistas que para poner finalizar la misma sería necesario contar con un tiempo mínimo de 18/24 meses para realizar obras, equipamiento y puesta a punto de los sistemas de seguridad”.

El Gobierno porteño había anunciado en mayo de este año que retomaba la construcción del Complejo Penitenciario Federal VII en el marco de la crisis por la superpoblación de detenidos en comisarías y alcaidías porteñas.

En mayo de este año además declaró por el término de 12 meses “la emergencia edilicia, de infraestructura y condiciones de alojamiento en comisarías e instituciones penales de alojamiento temporario y transitorio destinado a personas privadas de su libertad en el territorio de la CABA”.

Se había comunicado la intención de instalar 57 módulos de detención, en tres predios, con capacidad para alojar a 300 detenidos: cada uno de los grupos de 19 módulos rectangulares estarán ubicados en playones o estacionamientos dentro de comisarías: en la Comunal 12, Ramallo 4398 (Saavedra); en la Comunal 15, Guzmán 396 (Chacarita); y en la Vecinal 4D, California 1850 (Barracas). A la par, se construye una alcaidía central en Villa Soldati (Conuna 8).

En abril de este año, el Ministerio de Seguridad de la Nación, por medio de la Resolución 254/2024 publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina, prorrogó por dos años más la “emergencia en materia penitenciaria” y criticó a la Ciudad de Buenos Aires porque no está listo el Complejo Penitenciario de Marcos Paz que iba a reemplazar al Complejo Penitenciario Federal de la CABA de Villa Devoto (Comuna 11). También remarcó “que aún no se haya concretado el traspaso de la justicia ordinaria en materia penal al ámbito de la Ciudad”.

Esa semana el ministro de Seguridad porteño Waldo Wolff había responsabilizado al Gobierno nacional por las fugas de presos y la superpoblación en comisarías y alcaidías de la Policía de la Ciudad.

En los considerandos, el ministerio a cargo de Patricia Bullrich señaló “con relación a las 11.453 personas alojadas en el Servicio Penitenciario Federal, el 54,88% corresponde a personas que se encuentran condenadas y el 45,10% se encuentran detenidos en calidad de procesados”.

“Además, esperan para su ingreso otras 4.265 personas privadas de la libertad, de acuerdo al siguiente detalle: · 154 detenidos en dependencias de Gendarmería Nacional Argentina; · 212 detenidos en la Policía Federal Argentina; · 17 detenidos en la Policía de Seguridad Aeroportuaria; · 3 detenidos en la Prefectura Naval Argentina; · 16 detenidos en la Policía de la Provincia de Buenos Aires; · 246 detenidos en el Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires; · 1886 detenidos en la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, y · 1731 detenidos en los demás Servicios Penitenciarios Provinciales”.

“En otras palabras, la cantidad de plazas disponibles resulta insuficiente para satisfacer la demanda de ingreso de detenidos al sistema carcelario federal”, señala el ministerio.

“En particular, cabe destacar que el SPF aún mantiene bajo su custodia 5.564 personas privadas de la libertad en causas que tramitan ante la justicia ordinaria en materia penal de la CABA”.

“es doctrina inveterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que la Constitución Nacional, a partir de la reforma de 1994, le reconoce autonomía a la Ciudad de Buenos Aires y que, en tal sentido, el carácter nacional de los tribunales ordinarios de CABA es meramente transitorio (Fallos: 338:1517; 339:1342; 340:103; 341:611, entre otros)”, fundamentó y planteó: “En consecuencia, la circunstancia de que aún no se haya concretado el traspaso de la justicia ordinaria en materia penal al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resiente las capacidades físicas de alojamiento de personas con las que cuenta actualmente el SPF, a la par que impide el alojamiento de personas privadas de la libertad por orden de distintos tribunales con competencia federal que, en consecuencia, deben permanecer alojados en dependencias ajenas al SPF”.

“El Gobierno Nacional entiende que la construcción de nueva infraestructura penitenciaria es una política pública fundamental para superar la emergencia carcelaria”, planteó el ministerio.

Allí se mencionó la construcción del complejo en Marcos Paz: “En orden a ubicar los establecimientos penitenciarios fuera de los cascos urbanos y propiciar el incremento de plazas penitenciarias en un establecimiento acorde a las políticas penitenciarias actuales, se suscribió el convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el GCBA y la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) registrado como CONVE-2018-10825744-APN-DDMIP#MJ, por el que se propició la relocalización del Complejo Penitenciario Federal de CABA (Complejo Devoto) y su traslado a un nuevo Complejo Penitenciario Federal,  ubicado en el partido de Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires, con capacidad para 2.240 plazas de alojamiento”.

“Que la construcción del nuevo Complejo Penitenciario Federal de Marcos Paz fue suspendida de manera unilateral por el GCBA, incumpliendo los compromisos asumidos en el convenio mencionado. Que la finalización de dicha obra hubiera permitido relocalizar los servicios penitenciarios del Complejo Penitenciario Federal de CABA (Complejo Devoto), ampliando la capacidad de alojamiento del SPF”.

 

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.