El Gobierno porteño cobrará la atención médica en centros de salud públicos a extranjeros sin DNI local, salvo urgencias
Lo dispuso el GCBA con un Decreto.
El Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la Resolución N° 1054/MSGC/25, aprobó este viernes “el Procedimiento de Atención a solicitantes sin DNI Argentino”.
De esta forma, según el artículo segundo del Decreto, “las personas extranjeras con categoría de “residentes permanentes” o “residentes temporarios” en la Argentina, en los términos de la Ley Nacional 25.871, acceden a los servicios de atención sanitaria pública de la Ciudad en las mismas condiciones que los nacionales.
“En ningún caso se podrá negar ni restringir la atención y asistencia sanitaria en situaciones de urgencia o emergencia”, indica el artículo tercero.
Los considerandos indican: “La ciudadanía, contribuye a la sustentabilidad del servicio de salud pública no solo pagando sus impuestos sino también por medio de los recuperos. Que, la Ley Nacional 25.871, establece que las personas extranjeras serán admitidas para ingresar y permanecer en el país de acuerdo a las categorías de “residentes permanentes”, “residentes temporarios”, “residentes transitorios” y “residentes precarios”. Que, entre los usuarios del subsistema de salud público se encuentran personas extranjeras con diferente situación de residencia. Que, la Ciudad garantiza la atención de emergencia de todas las personas nacionales y extranjeras en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que, en consecuencia, resulta necesario implementar un proceso articulado de planificación sanitaria para la atención de personas extranjeras que no posean Documento Nacional de Identidad Argentino, como así también el recupero de gastos”.
El Anexo del Decreto establece:
Proceso De Atención A Solicitantes Sin Dni Argentino: “Consideraciones previas: se considera que una persona a los efectos de este proceso, no posee DNI argentino, cuando se encuentre incurso en las siguientes categorías: Personas extranjeras que se encuentren en el país por un tiempo determinado ya sea por viaje de negocios, vacaciones, estudios, etc y solo poseen documentación personal emitido por el país de origen. Personas que estén el país con categoría de residente transitorio o residencia precaria y que el día de la fecha no posean documento nacional de identidad emitido por este país”.
-Condiciones de inclusión en el proceso: Solicitante sin DNI argentino, que requiera procedimientos programados:
Tomografías (TX)
Resonancias magnéticas
Internaciones
Cirugías
Practicas médicas
-No aplican al presente proceso: ingresos por guardia con indicación de tratamiento de emergencia/urgencia
Actúa: Personal administrativo del efector.
El personal administrativo del mesón, antes de otorgar el turno identifica al solicitante según las condiciones
establecidas en los parámetros de las “consideraciones previas”.
•
En caso que el solicitante se comunique con la línea 147 será derivado al hospital a sacar un turno en forma
presencial por el mesón. –
•
Se le informa al solicitante que deberá dirigirse a la Dirección Médica del hospital, previo chequeo de la
documentación que aportare si la hubiera, para la evaluación del caso.
• Se deriva el caso a la Dirección Médica para su evaluación.
PASO 2 PRESENTACIÓN DEL CASO
Actúa: Personal de la Dirección Medica.
Actúa el personal de La Dirección Médica del efector correspondiente, quien recibe al solicitante y le
requiere la presentación de la Orden médica o documentación si la hubiera.
•
Se procede a registrar los datos de contacto del solicitante (teléfono, correo electrónico, y teléfono de un
familiar o allegado si correspondiere)
•
• Se requiere al solicitante que suscriba el formulario de solicitud de presupuesto.
• Le informan que se evaluara el caso y que en el menor plazo posible se pondrán en contacto.
Se remite el formulario de solicitud de presupuesto suscripto por el solicitante, con la orden médica o
documentación respaldatoria si la hubiera (o copia de la misma) a la Oficina de Gestión de Presupuesto a
Extranjeros del efector para continuar el trámite.
•
PASO 3 REMISION Y EMISIÓN DEL PRESUPUESTO
Actúa: Oficina de Gestión de Presupuesto a Extranjeros de cada efector (en el ámbito de FACOEP)
Recibe la documentación del caso, enviada por la Dirección Médica y procede a realizar el presupuesto
conforme el módulo integral necesario según la prestación requerida.
•
Emite el presupuesto y remite el mismo conformado, a la Dirección General de Coordinación de Redes y
Financiamiento en Salud para continuar con el trámite.
•
PASO 4 INFORMACIÓN Y CONTACTO AL SOLICITANTE
Actúa: La Dirección General de Coordinación de Redes y Financiamiento en Salud
• Recibe el presupuesto y se lo comunica al solicitante y le consulta sobre posibilidades de cobertura.
Si el solicitante tiene posibilidades de solventar la prestación, se da intervención a FACOEP en continuación
del trámite correspondiente y se informa al hospital la autorización de la práctica al solicitante.
•
Si el solicitante no tiene posibilidades de solventar la prestación, solicitará al consulado o representación
diplomática correspondiente de su país de origen la cobertura correspondiente. Deberá retirar la
documentación correspondiente (orden médica, documentación respaldatoria si la hubiera y presupuesto) por
la oficina de la Dirección General de Coordinación de Redes y Financiamiento en Salud.
•
RESPUESTA DEL CONSULADO: El solicitante informa por escrito a la Dirección General de Coordinación de
Redes y Financiamiento en Salud lo resuelto:
en caso que obtenga la cobertura de la prestación, el solicitante comunica la confirmación mediante la
presentación de la misma por escrito.
•
La Dirección General de Coordinación de Redes y Financiamiento en Salud dará intervención a la FACOEP para
continuar el trámite y le informará al hospital la autorización de la práctica y los datos del solicitante para su
contacto.
Se le informa al solicitante que se realizara la prestación
• en caso que no obtenga la cobertura de la prestación, el solicitante comunica la negativa
La Dirección General de Coordinación de Redes y Financiamiento en Salud remitirá los antecedentes del caso a la
Subsecretaría de Atención Hospitalaria para la evaluación final y el cierre del caso.
Se le informa al solicitante que se realizará la evaluación final y cierre del caso
EVALUACIÓN FINAL Y CIERRE DEL CASO
Actúa: Subsecretaria de Atención Hospitalaria /Comité de Expertos Ad-Hoc
Recibido el caso de la Dirección General de Coordinación de Redes y Financiamiento en Salud, la
Subsecretaria de Atención Hospitalaria constituirá un Comité de Evaluación de casos ad-hoc que estará
conformado por tres Directores de Hospitales Públicos de la CABA.
•
El Comité de Evaluación Evalúa el caso y conforme su expertise emite un documento de aprobación o rechazo,
sobre la base de criterios profesionales que serán establecidos por vía reglamentaria.
• Dicho informe será elevado para su conocimiento a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria.
En caso de aprobación: se informará al hospital y al solicitante la autorización de la práctica médica y se
comunica a FACOEP para que realice la emisión de la factura y su posterior remisión de la misma al
consulado correspondiente.
•
• En caso de rechazo: Se comunica el resultado al solicitante de la evaluación final.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






