WhatsApp Image 2025-09-30 at 10.04.11

El Gobierno porteño habilitó puestos de cargas para autos eléctricos en las calles

"Es para facilitar el desarrollo de la electromovilidad en alianza con el sector privado. Habrá puestos de abastecimiento en estaciones de servicio, centros comerciales y en veredas", señaló la administración local.

Publicado el 30 de septiembre de 2025|

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informó que planea instalar 400 puestos de carga para autos eléctricos en los próximos dos años en estaciones de servicio, en garajes comerciales y también sobre veredas de parques o plazas y frente a establecimientos públicos administrados por el Gobierno porteño.

“La electromovilidad es uno de los grandes desafíos urbanos de la próxima década y Buenos Aires facilita el desarrollo de la infraestructura de carga para vehículos eléctricos en la vía pública con una nueva normativa”, indicaron fuentes oficiales.

“El programa Electromovilidad Porteña se implementará en conjunto con el sector privado: las empresas estarán a cargo de la inversión, instalación y mantenimiento de los cargadores, mientras que la Ciudad fijará los requisitos técnicos, dará los permisos y garantizará el ordenamiento urbano”, agregaron.

“Queremos ser referentes en infraestructura de carga eléctrica y acompañar el desarrollo de esta industria sin emisiones contaminantes. Nuestro objetivo es alcanzar las 200 estaciones de carga en espacios privados con acceso público y otras 200 en espacios públicos en los próximos dos años”, dijo el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, junto a empresarios del sector. Lo acompañaron el jefe de Gabinete, Gabriel Sánchez Zinny, y el ministro de Movilidad e Infraestructura, Pablo Bereciartua.

“Una regla clave es que todos los puestos de carga deberán contar con una aplicación que permita consultar en tiempo real la disponibilidad de los cargadores”, sostuvo el GCBA en un comunicado.

“Para la implementación en espacios privados de acceso público, como garajes comerciales, estaciones de servicio y estacionamientos de centros comerciales, podrán instalarse equipos a partir de 7 kW (carga lenta) en corriente alterna, con la posibilidad de optar por cargadores de corriente continua. También se prevé la instalación en la vía pública con potencias a partir de 22 kW (carga semi rápida), tanto en corriente alterna como continua”, se explicó.

“En la vía pública, las estaciones de carga sólo podrán ubicarse sobre la vereda de parques y plazas no emblemáticas, frente a establecimientos públicos administrados por el Gobierno porteño y frente a locales comerciales. Deberán instalarse en lugares con estacionamiento permitido las 24 horas, con un máximo de dos posiciones de carga por cuadra junto con la señalización correspondiente. Estará prohibida su instalación en la calzada”, añadieron en el GCBA.

“La Ciudad está avanzando hacia la electromovilidad y queremos que el sector privado nos acompañe en este proceso. El parque automotor eléctrico tendrá un aumento significativo y estamos fijando reglas claras para alentar la inversión genuina en Buenos Aires con infraestructura eléctrica de carga”, explicó Pablo Bereciartua, ministro de Movilidad e Infraestructura.

“Estas medidas posicionan a la Ciudad como referente en Argentina en infraestructura de carga eléctrica para promover la movilidad sostenible y se suman a las exenciones de patentes para autos eléctricos (100%) e híbridos (al 100% por 2 años) y a las exenciones en peajes de las autopistas de la Ciudad (hasta agosto de 2026)”, detalló Ciudad.

“En el marco de las políticas de innovación y movilidad sustentable que impulsa la gestión, la primera línea de buses eléctricos transita por el centro porteño y conecta Parque Lezama con Plaza San Martín, en Retiro. Además, el TramBUS, con unidades 100% eléctricas, silenciosas y sin emisiones, beneficiará a unos 50 mil usuarios diarios, al unir Nueva Pompeya con el Aeroparque Jorge Newbery y con Barrancas de Belgrano. Y a partir de 2027 los colectivos de la Ciudad deberán incorporar unidades nuevas con tecnología de energía limpia (eléctricos o GNC) y renovar las unidades antiguas con un tope de 10 años”, finalizó el Gobierno porteño.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.