bataxi-4_2

Foto: GCBA

Este jueves aumenta la tarifa de taxi un 50%, la próxima suba será en noviembre

Desde el 1 de agosto la bajada de bandera diurna costará $1.280.

Publicado el 31 de julio de 2024|

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estableció que desde la medianoche del jueves 1 de agosto la tarifa para la explotación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro aumentará un 50%, en el marco de una suba escalonada que tendrá un segundo incremento del 50% el 1 de noviembre.

Los considerandos del Decreto N° 278, publicado este miércoles, exponen: “A la fecha, la tarifa que resulta aplicable al Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro se encuentra fijada por el Decreto 86/24, en el valor de pesos ochenta y cinco con cuarenta centavos (85,40) la ficha diurna y de pesos ciento dos con cincuenta centavos ($ 102,50) la ficha nocturna; Que en este sentido, se observó una desactualización de las tarifas diurnas y nocturnas generada por los incrementos en los insumos y costos involucrados, lo cual repercute negativamente en la ecuación económica financiera de la actividad”

Tras una Audiencia Pública celebrada en junio, se estableció que “corresponde aplicar el aumento programado, que será implementado en dos etapas: la primera de un cincuenta por ciento (50%) a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de agosto de 2024, y la segunda de un cincuenta por ciento (50%) a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de noviembre del corriente año”.

“Se estima un aumento del valor de la ficha diurna en pesos ciento veintiocho ($128) y del valor de la ficha nocturna en pesos ciento cincuenta y cuatro ($154) a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de agosto de 2024, y un aumento, del valor de la ficha diurna en pesos ciento noventa y dos ($192), y del valor de la ficha nocturna en pesos doscientos treinta ($230) a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de noviembre del corriente año, en virtud de las previsiones del artículo 12.5.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual restablecería razonablemente la ecuación económica de la actividad”, agregó el GCBA.

Desde las 00.00 del 1 de agosto regirán los siguientes valores:

Valor de la ficha: Pesos ciento veintiocho ($128)

Bajada de bandera: diez (10) fichas, es decir, pesos mil doscientos ochenta ($1.280).

Por cada doscientos metros (200 m.) recorridos: una (1) ficha, es decir, pesos ciento veintiocho ($128).

Por cada minuto de espera: una (1) ficha, es decir, pesos ciento veintiocho ($128).

Equipaje: Equipaje de mano y una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x0,30m, su transporte es gratuito.

Por cada bulto adicional: cinco (5) fichas, es decir pesos seiscientos cuarenta ($640).

Tarifa nocturna a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01de agosto de 2024:

Conforme lo dispuesto en los artículos 12.5.3 y 12.5.3.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la tarifa nocturna que rige entre las 22:00 y hasta las 06:00 horas del día siguiente, tendrá un incremento del 20% por ciento sobre la tarifa diurna, quedando establecida en los siguientes valores:

Valor de la ficha: pesos ciento cincuenta y cuatro ($154).

Bajada de bandera: diez (10) fichas, es decir, pesos mil quinientos cuarenta ($1.540).

Por cada doscientos metros (200 m.) recorridos: una (1) ficha, es decir, pesos ciento
cincuenta y cuatro ($154).

Por cada minuto de espera: una (1) ficha, es decir, pesos ciento cincuenta y cuatro
($154)

Equipaje: Equipaje de mano y una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x
0,30m, su transporte es gratuito.

Por cada bulto adicional: cinco (5) fichas, es decir pesos seiscientos cuarenta ($640).

También se estableció en el mismo Decreto la tarifa para la explotación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, la que regirá a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de noviembre de 2024, con los siguientes valores:

Valor de la ficha: pesos ciento noventa y dos ($192).

Bajada de bandera: diez (10) fichas, es decir, pesos mil novecientos veinte ($1.920).

Por cada doscientos metros (200 m.) recorridos: una (1) ficha, es decir, pesos ciento
noventa y dos ($192).

Por cada minuto de espera: una (1) ficha, es decir, pesos ciento noventa y dos ($192)

Equipaje: Equipaje de mano y una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x 0,30 m, su transporte es gratuito.

Por cada bulto adicional: cinco (5) fichas, es decir pesos novecientos sesenta ($960)

Tarifa nocturna a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de noviembre de 2024:

Conforme lo dispuesto en los artículos 12.5.3 y 12.5.3.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la tarifa nocturna que rige entre las 22:00 y hasta las 06:00 horas del día siguiente, tendrá un incremento del 20% por ciento sobre la tarifa diurna, quedando la misma establecida en los siguientes valores:

Valor de la ficha: Pesos doscientos treinta ($230).

Bajada de bandera: diez (10) fichas, es decir, pesos dos mil trescientos ($2.300).

Por cada doscientos metros (200 m.) recorridos: una (1) ficha, es decir, pesos doscientos treinta ($230).

Por cada minuto de espera: una (1) ficha, es decir, pesos doscientos treinta ($230).

Equipaje: Equipaje de mano y una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x 0,30m, su transporte es gratuito.

Por cada bulto adicional: cinco (5) fichas, es decir pesos novecientos sesenta ($960).

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.