Licitación abreviada por arreglos en el edificio de la Escuela Fray Justo Santa María de Oro
En noviembre el GCBA aprobó la fusión de las Escuelas Primarias N° 15 y N° 16, ambas del Distrito Escolar 14°, en una única institución escolar, la cual funcionará bajo la denominación Escuela Primaria N° 15 del Distrito Escolar 14°, con domicilio en la calle Juan Agustín García 1511 de esta Ciudad, con 16 secciones de jornada simple, a partir del ciclo lectivo 2026".
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la Licitación Pública Abreviada / Preadjudicación N° 23/DGPARE/25, avanzó con la preadjudicación de una obra destinada a la refuncionalización de espacios y la mejora edilicia del inmueble de la avenida Álvarez Jonte 1964 en el que funcionan la Escuela Primaria Común N° 16 “Fray Justo Santa María de Oro” y del Jardín de Infantes Nucleado D, ambos ubicados en la Comuna 11. Este año la comunidad educativa estuvo movilizada al denunciar el cierre de la institución. El mes pasado se oficializó la fusión de las Escuelas Primarias N° 15 y N° 16 DE 14, que se funcionarán desde 2026 en Juan Agustín García 1511.
La medida corresponde a la Licitación Pública Abreviada N.° 558-0023-LPU25 y fue definida el 19 de diciembre. La obra se desarrollará en el establecimiento situado en la avenida Álvarez Jonte 1964 y busca optimizar las condiciones edilicias de los edificios educativos.
Según el dictamen oficial, la empresa HERA S.R.L. fue preadjudicada para ejecutar los trabajos, con un presupuesto total de $107.046.953,31. La decisión se tomó por considerarse la oferta más conveniente y por cumplir con los requisitos establecidos en los pliegos de bases y condiciones, en el marco de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad.
El acta de preadjudicación puede consultarse en el sistema BA Obras, mientras que el período de impugnación permanecerá abierto hasta el 26 de diciembre.
Con respecto a la fusión de establecimientos, el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires oficializó la fusión de las Escuelas Primarias N° 15 y N° 16 del Distrito Escolar 14 mediante la Resolución Nº1452/2025, publicada el 7 de noviembre en el Boletín Oficial de la CABA. Su artículo primero establece: “Aprobar la fusión de las Escuelas Primarias N° 15 y N° 16, ambas del Distrito Escolar 14°, en una única institución escolar, la cual funcionará bajo la denominación Escuela Primaria N° 15 del Distrito Escolar 14°, con domicilio en la calle Juan Agustín García 1511 de esta Ciudad, con 16 (dieciséis) secciones de jornada simple, a partir del ciclo lectivo 2026”.
La decisión generó un fuerte rechazo en la comunidad educativa, que advierte sobre la pérdida de identidad institucional, la interrupción de trayectorias escolares y posibles consecuencias laborales para los docentes. La escuela N° 16, con 108 años de historia y ubicada en la zona de Álvarez Jonte, se caracteriza por su régimen de jornada simple y por contener a estudiantes con diversas neurodivergencias.
El conflicto se originó a partir del desalojo de la Escuela de Educación Media N° 2 D.E. 14 “Argentinos Juniors”, que funcionaba desde 2007 en instalaciones cedidas por el club bajo un comodato que debía extenderse hasta el año 2100. Ante la decisión del club de recuperar ese espacio, el Ministerio resolvió trasladar la secundaria al edificio de Álvarez Jonte 1964, lo que derivó en el cierre de la Primaria N° 16. Desde el gremio Ademys denunciaron que se trata de una medida inconsulta que prioriza intereses privados en detrimento de la educación pública.
En los considerandos de la Resolución de noviembre, el Gobierno porteño explicó que la Dirección General de Educación de Gestión Estatal informó que en los últimos años se registra una disminución sostenida de la matrícula escolar en la CABA, con impacto significativo en el Distrito Escolar 14, lo que motivó la reorganización de la oferta educativa.
Tras analizar distintas alternativas, el organismo consideró que la fusión de las Escuelas Primarias N° 15 y N° 16 del distrito es la opción más adecuada desde el punto de vista pedagógico, organizacional y de gestión, ya que ambas comparten características similares, están en la misma zona y cuentan con infraestructura complementaria. Según el informe, la medida permitirá adecuar la conformación de secciones a la normativa vigente, conformar grupos más numerosos y dinámicos y garantizar la continuidad pedagógica, dado que el edificio de la escuela 15 tiene capacidad suficiente para alojar a toda la matrícula, con respaldo presupuestario para su implementación a partir del ciclo lectivo 2026.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






