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Foto: ATE

Paro de ATE amenaza con afectar vuelos en más de 27 aeropuertos desde el 18 de marzo

El gremio reclama el pago de aumentos salariales que, según denuncian, fueron acordados pero no abonados por el Gobierno. La medida afectará a trabajadores de la ANAC y podría provocar demoras y cancelaciones de vuelos en aeropuertos clave como Ezeiza y Aeroparque.

Publicado el 12 de marzo de 2026|

La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) anunció un paro que podría interrumpir la actividad en más de 27 aeropuertos de la Argentina a partir del lunes 18 de marzo. La medida de fuerza fue convocada en reclamo del pago de aumentos salariales que el gremio asegura fueron acordados pero no cumplidos por el Gobierno nacional.

Según informó el sindicato, la protesta contempla dos franjas horarias diarias de cese de actividades y podría generar demoras y cancelaciones de vuelos, especialmente en terminales de alto flujo como los aeropuertos de Ezeiza y Aeroparque.

La medida afectará a trabajadores de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y se extendería durante una semana, entre el 18 y el 24 de marzo. De acuerdo con el comunicado difundido por ATE, las jornadas alcanzadas por el paro serán el 18, 19, 20, 23 y 24 de marzo, con interrupciones de tareas en dos intervalos: de 9 a 12 y de 17 a 20.

Durante esas franjas horarias no se realizarán tareas habituales, aunque quedarán exceptuados los sectores considerados esenciales. Entre ellos se encuentran los bomberos, el personal de Sanidad y los controles operativos, lo que permitirá garantizar la realización de vuelos sanitarios, humanitarios y oficiales.

Desde el gremio señalaron que la decisión se tomó tras un mes de negociaciones sin resultados. El secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, afirmó que el sindicato agotó “todas las instancias de diálogo y las presentaciones administrativas posibles” y responsabilizó al Gobierno por la escalada del conflicto.

“Hay siete días más para que el Gobierno (nacional) pueda reflexionar. Será el único y exclusivo responsable por cualquier reprogramación o cancelación de vuelos que existan durante esa jornada”, advirtió Aguiar en declaraciones a Infobae en Vivo.

En ese sentido, el dirigente sostuvo que la única forma de evitar la medida de fuerza es que el Gobierno garantice el pago de los acuerdos salariales alcanzados.

En un comunicado, ATE explicó que el paro se realiza “en reclamo del pago de los salarios con inclusión de los aumentos acordados correspondientes a ítems extra paritarios y la apertura de la paritaria sectorial”. Además, a través de sus redes sociales, el gremio afirmó que “el Gobierno llevó el conflicto al límite y decidió no pagar los aumentos acordados en la ANAC”.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.