Paro y movilización de residentes porteños y acto en Plaza de Mayo por el Garrahan
La concentración frente a Casa Rosada es para "repudiar el intento del Gobierno de profundizar la precarización laboral en el ámbito de la salud".
Residentes y concurrentes de la Ciudad de Buenos Aires se movilizaron este jueves por la mañana desde Callao y Corrientes hasta el Ministerio de Salud de la CABA por los cambios en las residencias dispuestos por el Gobierno nacional. A las 16 habrá un acto en Plaza de Mayo a cargo de los residentes del Hospital Garrahan.
“La Asamblea de Residentes y Concurrentes CABA ratificamos el paro con movilización a las 10 de Callao y Corrientes a Bolívar 1 (Salud CABA), ante el nuevo ataque que lleva adelante el Ministerio de Salud de la Nación. Llamamos a las asambleas de Residentes de Nación y PBA, a los futuros ingresantes del sistema de residencias y a los usuarios y familiares del sistema de salud público a marchar en unidad y coordinación para enfrentar el ataque”, indicaron en un comunicado.
Luego, la Asamblea Residentes Garrahan manifestó: “Las y los residentes de los hospitales nacionales convocamos al pueblo argentino a acompañarnos mañana, jueves, desde las 16 hs en Plaza de Mayo. A las 17 hs realizaremos una conferencia de prensa para repudiar el intento del Gobierno de profundizar la precarización laboral en el ámbito de la salud. Defender nuestras condiciones de trabajo es defender el derecho a una salud pública de calidad. No a la precarización”.
El miércoles Nación anunció cambios en el sistema de residencias. La asamblea del Garrahan expuso: “El Ministerio de Salud decidió cerrar la residencia de pediatría más prestigiosa del país, y lo hizo por la puerta de atrás: transformándolo en una beca precarizada”.
En un comunicado, el Ministerio de Salud de la Nación expuso: “A través de la Resolución 2109/2025, el Ministerio de Salud de la Nación actualizó el reglamento del Sistema Nacional de Residencias Médicas. El objetivo de la medida es recuperar su rol formativo, corregir las distorsiones y parches acumulados durante más de una década, y permitir que los residentes puedan elegir bajo qué modalidad realizar este tramo de su formación y cómo administrar el monto de las becas percibidas. A fin de jerarquizar el carácter formativo de esta etapa, el nuevo reglamento recupera el concepto de beca (excluyendo cualquier encuadre como empleo público, relación laboral o contratación de obra o servicio) y ofrece a los residentes la posibilidad de elegir entre dos modalidades diferentes: Beca Institución o Beca Ministerio”.
“El Ministerio de Salud de la Nación continuará garantizando los fondos para el financiamiento de las residencias bajo cualquier modalidad. En el caso de la modalidad Beca Institución, las distintas entidades deberán rendir cuentas del uso de los fondos recibidos. En el caso de la modalidad Beca Institución, es la institución la que otorga la beca. Los residentes que elijan esta opción percibirán el monto de la misma sin descuentos con la posibilidad de sumar aportes o bonificaciones adicionales a criterio de la organización. La ART, el seguro de mala praxis y el seguro de salud también serán cubiertos por la institución sin que eso afecte el monto de la beca. Los residentes que decidan optar por la modalidad Beca Ministerio, percibirán la beca con el descuento por los aportes previstos en el régimen previsional, serán incorporados a la Obra Social de los Trabajadores del Estado Nacional”, se agregó.
“Teniendo en cuenta que, en este caso, la beca es otorgada por la cartera sanitaria nacional, los residentes no tendrán acceso a los bonos adicionales que otorgue la institución, la cual sí deberá hacerse cargo de cubrir su ART y Seguro por mala praxis. Asimismo, el nuevo reglamento busca ordenar las competencias y responsabilidades que le corresponden a cada una de las partes implicadas. La función del Estado es establecer el marco dentro del cual se debe realizar la formación. Por su parte, las instituciones deben recuperar su autonomía para poder adaptar las becas a sus propias necesidades y establecer un vínculo directo con los residentes, a quienes debe acompañar durante sus procesos formativos”, detalló la cartera a cargo de Mario Lugones.
“Es importante tener en cuenta que el nuevo reglamento entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, por lo cual los ingresantes de este año ya tendrán la posibilidad de elegir la modalidad que prefieran. Cabe destacar que los residentes que estén realizando sus prácticas, también podrán optar por cambiar de modalidad y quienes decidan no hacerlo, no verán modificadas las condiciones ni los beneficios otorgados hasta el momento. Durante 10 años, los gobiernos kirchneristas implementaron “parches” para maquillar las irregularidades que se daban en las prácticas de formación y el Estado nacional asumió responsabilidades que no le correspondían. Es necesario sincerar esta situación para continuar con un proceso de mejora real y sostenible que le devuelva a las residencias su condición de práctica profesional supervisada por una institución. No es empleo público, no es una relación laboral. Es una etapa formativa con financiamiento estatal y cada profesional tiene derecho a elegir, con libertad, cómo transitarla”, finalizaron fuentes oficiales.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






