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Un policía porteña fue asesinada por el golpe de un adoquín arrojado desde un puente en Merlo

La oficial Florencia Pamela González, de 31 años de edad, iba como acompañante. Se desempeñaba en el Barrio 31-Bis de Retiro.

Publicado el 18 de marzo de 2023|

Una oficial de la Policía de la Ciudad fue asesinada hoy por el golpe de un adoquín en el pecho que fue arrojado en forma intencional desde un puente al auto en el que iba con su familia, en el partido bonaerense de Merlo, informaron fuentes de la fuerza de seguridad y judiciales.

El hecho ocurrió en el cruce de la autopista Presidente Perón y 20 de junio, en la localidad de Mariano Acosta, en jurisdicción del mencionado distrito de la zona oeste del Gran Buenos Aires.

Voceros judiciales y policiales informaron a Télam que la víctima, identificada como Florencia Pamela González (31), viajaba con sus hijos y su esposo, también integrante de la fuerza de seguridad porteña, a bordo de un Chevrolet Corsa luego de prestar servicio en la División Barrio 31-31 Bis, hacia la casa de sus suegros, en el partido de Ezeiza.

El vehículo en el que se trasladaban recibió el golpe de un adoquín de 40 por 15 centímetros que primero impactó en el parabrisas y luego en el pecho de la agente.

Según las fuentes, el piedrazo habría sido arrojado desde un puente en construcción ubicado en la mencionada autopista.

Ante esta situación, el personal que conducía no detuvo la marcha del rodado y trasladó por sus propios medios a la agente herida al hospital Héroes de Malvinas, donde falleció luego de que le realizaran maniobras de reanimación.

Por protocolo del Departamento Judicial de Morón, al tratarse de un homicidio doloso de una mujer se dio intervención a la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) de género 11, a cargo de Marina Rueda.

La fiscal entrevistó a testigos presenciales del hecho para descartar que se haya tratado de un episodio de violencia de género y el expediente pasaría a la UFI de turno una vez que los investigadores terminen de confirmar que se trató de un hecho de inseguridad.

En tanto, la autopsia determinó que González murió como consecuencia de un paro cardiorrespiratorio traumático provocado por un hemoneumotorax masivo bilateral y politraumatismo grave, entre otras lesiones, informaron fuentes judiciales.

Por su parte, los peritos de la Policía Científica que trabajaron en la escena del crimen estimaron el peso del adoquín en unos 10 kilogramos y que podría tratarse de parte de una vereda.

Asimismo, las fuentes consultadas indicaron que en la zona en donde ocurrió el hecho no hay cámaras de seguridad.

A través de un comunicado, la Policía de la Ciudad lamentó lo ocurrido y envió las “condolencias a sus familiares, amigos y compañeros”.

En tanto, Aníbal Falivene, subsecretario de Seguridad Comunal e Investigación Criminal, tuiteó: “Contamos con la cooperación de la Policía de la Provincia para encontrar al asesino, y exigimos prisión perpetua para todos los involucrados”.

“Nuestra solidaridad con familiares y seres queridos en este triste e indignante momento”, escribió el funcionario porteño.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.