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Villa Crespo: sanción definitiva para instalar el monumento a Leonardo Favio en Vera y Corrientes

Se trata de una donación efectuada por la Asociación General de Directores Autores Cinematográficos y Audiovisuales.

Publicado el 27 de marzo de 2023|

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires dio sanción definitiva a una Ley para emplazar un monumento a Leonardo Favio en el cruce de Vera y Corrientes, en Villa Crespo (Comuna 15).

En paralelo, el Gobierno porteño realiza obras de parquización en Vera por el proyecto de Calle Verde, entre Corrientes y Lavalleja.

El monumento fue donado al GCBA por la Asociación General de Directores Autores Cinematográficos y Audiovisuales (DAC).

El 27 de febrero de este año se realizó la Audiencia Pública correspondiente y en noviembre de 2022 se aprobó la primera lectura del proyecto.

La Comuna 15 de Buenos Aires había presentado un proyecto de Ley para hacerse eco de la propuesta de DAC. Había un segundo proyecto para cambiar el nombre de Vera por el del cineasta.

“Este proyecto se constituye como una acción artístico-cultural que fomenta el vínculo del público con el arte, con la adquisición de nuevos conocimientos sobre modos innovadores de producción y con la puesta en valor de la historia cultural reciente de Argentina”, fundamentan los impulsores del homenaje a Favio.

Sobre la estatua, se informa que tiene 4,8 metros (tres metros de altura, y un metro ochenta de base). Evoca “la figura de Leonardo Favio de manera épica, representando todos los aspectos de su arte (música, cine, actuación)”.

“Para lograr la calidad expresiva deseada, la propuesta es trabajar una mixtura de técnicas manuales con nuevas tecnologías para la realización de la escultura, como escaneo 3D de alta definición, modelado digital e impresión 3D por filamento. Más allá de los beneficios de utilizar estas tecnologías en cuanto a optimización de tiempos y costos, la idea es cargar a la obra de un valor simbólico real. Por esto, elegí bailarines de alto nivel profesional como modelos, que fueron elegidos por Leonardo Favio para protagonizar uno de sus filmes, el último. Ellos son Hernán Piquín y Natalia Pelayo. Ambos fueron sometidos a un trabajo de caracterización para personificar a Favio y a su “musa”.

 

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.