El ministro de Justicia expuso en la Legislatura por la Ley de Reiterancia
La iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo de CABA implica cambios al Código Procesal Penal.
El Ministro de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, Gabino Tapia, encabezó una reunión informativa en las comisiones de Justica y de Asuntos Constitucionales de la Legislatura porteña para explicar el proyecto de Ley que impulsa el Poder Ejecutivo de CABA sobre Reiterancia, que implica cambios al Código Procesal Penal. Se sumaron Adrián Grassi y Jorge Djivaris, integrantes del ministerio.
El encuentro estuvo coordinado por la presidenta de la Comisión de Justicia, Ines Parry (UCR evolución) y el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Hernán Reyes (Vamos por Más), y contó con la presencia de Matías Lopez, Vicepresidente primero de la Legislatura, Matías López, junto a los diputados que integran ambas comisiones.
“Durante la presentación, el ministro explicó que el objetivo es que la ley se cumpla y haya seguridad, garantizando los derechos humanos y la constitucionalidad. Detalló que las modificaciones presentadas se basan en tres ejes: el primero prevé la obligación para los jueces penales de comunicar a la Dirección de Migraciones sobre el dictado de ciertos actos procesales sobre personas extranjeras, el segundo incorporar normas especiales concernientes a los allanamientos en urgencia, requisas y secuestro de bienes procedentes de delitos, y el tercero a la figura de reiterancia delictiva”, consigna un resumen parlamentario.
“Los funcionarios profundizaron sobre la importancia de incluir el concepto de la reiterancia, que implica darle una herramienta a los jueces para que aquella persona que vuelve a cometer un delito, en lugar de que atraviese el proceso en libertad, lo haga en la cárcel”, agregaron.
Además, en relación a los extranjeros, la letra del proyecto impulsa “pedirle a los jueces y tribunales que pongan en conocimiento a las autoridades de migraciones la existencia de un proceso contra una persona de otro país para que quienes vienen a la Argentina, si no se sujetan a la sean expulsados del país. El equipo de Justicia agregó que esta modalidad también ayudaría a descomprimir el sistema penitenciario”.
Luego de varias preguntas formuladas por distintos diputados, los funcionarios respondieron cada una de ellas, tomando en sus desarrollos algunas experiencias de diferentes provincias de nuestro país que ya cuentan con la reiterancia y aclararon que la norma no limita el derecho a la protesta.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






