C Cardio miniinvasiva

Hospital Italiano: por primera vez en el país, se realizó una operación de corazón a través de la axila

"Este hito reafirma el liderazgo del Hospital Italiano en cirugía cardíaca mini-invasiva a nivel regional, ofreciendo a los pacientes tratamientos de vanguardia con mejores resultados y mayor calidad de vida", expuso la institución.

Publicado el 4 de diciembre de 2024|

El Hospital Italiano de Buenos Aires realizó, por primera vez en el país, una cirugía de corazón a través de la axila. “Esta técnica completa una serie de procedimientos mini-invasivos, que permiten evitar las cirugías a corazón abierto en la gran mayoría de los casos”, indicaron fuentes de la institución del barrio de Almagro (Comuna 5).

“Marcamos un hito en la medicina cardiovascular al realizar, por primera vez en el país, una cirugía mini-invasiva de la válvula aórtica a través de la axila. El equipo del Servicio de Cirugía Cardiovascular llevó adelante la extracción de un tumor cardíaco por medio de una incisión de 4 centímetros”, expuso la institución en un comunicado.

“Este abordaje mini-invasivo se diferencia de las técnicas tradicionales al evitar la esternotomía, es decir, la apertura del esternón. Se puede acceder al corazón con un trauma mucho menor, por lo que los pacientes se benefician por transitar una recuperación más rápida, con menores riesgos de infecciones, menos necesidad de transfusiones y un impacto estético favorable”, agregaron.

El Hospital Italiano cuenta con más de 10 años de experiencia en cirugías cardíacas mini-invasivas: “Esta técnica se desarrolló para diferentes válvulas del corazón, pero faltaba para la aórtica. En consecuencia, la implementación de este procedimiento abre nuevas posibilidades para el tratamiento de la patología cardiovascular en adultos, mejorando las opciones para aquellos pacientes que son candidatos a cirugías de válvula aórtica”.

“El Hospital Italiano lidera en Latino America esta moderna técnica, que ofrece una rápida recuperación postoperatoria y menor índice de complicaciones. Este logro representa el esfuerzo de adquisición de tecnología y el entrenamiento específico de los profesionales para estar en la excelencia de la atención médica”, afirmó el jefe del Servicio de Cirugía Cardiovascular, Dr. Vadim Kotowicz.

“Nos enorgullece haber sido pioneros en la implementación de una técnica que no solo mejora la calidad de vida de los pacientes, sino que también redefine los estándares de la medicina cardiovascular. El Hospital Italiano sigue comprometido con ofrecer las mejores alternativas de tratamiento centrado en el bienestar del paciente, combinando tecnología de vanguardia, un equipo médico altamente formado”, sostuvo el cirujano cardiovascular Germán Fortunato, que se formó en Canadá, luego se capacitó en Alemania para realizar este tipo de intervenciones y encabezó al equipo que llevó adelante la cirugía.

Asimismo, el Hospital Italiano desarrolló un programa de formación para difundir esta práctica en otros centros de salud de Argentina y de la región: “En este sentido, la institución dispone de equipamiento de última generación, incluyendo dos simuladores quirúrgicos de origen alemán, siendo el único centro en Latinoamérica en tenerlos, lo que permite una constante capacitación de sus profesionales”.

“Este logro fue posible gracias al trabajo articulado entre profesionales de distintas disciplinas, quienes conformaron un equipo compuesto por cirujanos y residentes de cirugía cardiovascular, anestesiólogos, instrumentadoras, perfusionistas y cardiólogos especializados. Este hito reafirma el liderazgo del Hospital Italiano en cirugía cardíaca mini-invasiva a nivel regional, ofreciendo a los pacientes tratamientos de vanguardia con mejores resultados y mayor calidad de vida”, concluyó la institución.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.