jorge macri aula

Foto: GCBA

Educación: el GCBA puso a revisión el contenido de la ESI

Todos los materiales "serán objeto de un estudio neutral", indicó el Ministerio de Educación.

Publicado el 6 de enero de 2025|

El Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires puso a revisión el material que se utiliza para la Educación Sexual Integral (ESI).

En la página web oficial del ministerio en el segmento dedicado a la ESI se publicó: “Las autoridades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires han decidido comenzar una revisión exhaustiva de los contenidos involucrados en la ESI (Educación Sexual Integral)”.

“Todos los documentos, imágenes, videos, cursos, actividades y bibliografía de esta materia serán objeto de un estudio neutral. Mientras tanto y durante el receso escolar, los contenidos de la ESI que estaban disponibles en páginas oficiales del Gobierno quedan inaccesibles”, agregaron.

En Fundación Huésped afirmaron: “La ESI no se toma vacaciones. Quizás esta noticia pasó de largo, pero para nosotros es muy importante indagar por qué el GCBA dejó inaccesibles los materiales sobre ESI mientras realiza un “estudio neutral” de los mismos durante el receso escolar”.

“ara empezar, toda revisión y actualización es bienvenida y necesaria, pero debe realizarse en el marco de la Ley de ESI vigente. Por eso queremos saber cuáles son los criterios, el enfoque y el marco conceptual de la revisión. Otro punto importante: la ESI no es una materia. La ESI es integral, se aplica en todas las materias y en todos los niveles educativos (jardín, primaria, secundaria y terciarios). Por eso, los contenidos se adaptan a cada necesidad y momento de la vida. Además, la ESI involucra a toda la comunidad educativa: familias, docentes y no docentes, educadores no formales.Durante el verano, colonias, clubes, y otros espacios, también atraviesan situaciones que deben ser abordadas desde la ESI”, sumaron.

“Los materiales deberían estar disponibles. Respetar el propio cuerpo y el de otras personas, el consentimiento, la prevención de abusos, se aprenden con ESI. También la prevención de ITS o embarazos no intencionales. Entender la ESI, qué implica, cuál es su alcance, nos va a permitir aprovechar mejor esta herramienta. Desde Huésped enviamos un Pedido de Información Pública al @gcba para preguntar: ¿Cuáles son los criterios de evaluación? ¿Cómo se compone el equipo de evaluación? ¿Cuál es el enfoque y el marco conceptual de la revisión? Por último, queremos saber por qué no están disponibles los contenidos para asegurar la continuidad del acceso a la ESI mientras se lleva a cabo la revisión. Porque, como dijimos al principio: la ESI no se toma vacaciones”, finalizaron.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.