Marcha de jubilados en Congreso: la Justicia federal observará la manifestación y Francos dijo que habrá represión a los violentos
"No hay una utilización (de la fuerza) fuera de los cánones normales", planteó el jefe de Gabinete.
El miércoles por la tarde habrá una nueva marcha de jubilados que exigen mejoras previsionales frente al Congreso de la Nación, tras los incidentes y la represión policial de la semana pasada, que terminó con un centenar de detenidos, decenas de heridos y un fotógrafo internado luego de haber sido golpeado en su cabeza por un cartucho de gas lacrimógeno.
Las dos semanas anteriores habían estado presentes hinchas de clubes de fútbol y representantes de sindicatos, además de partidos políticos. En esta ocasión anunciaron su presencia gremios ligados a la educación, entre otros.
Ante la expectativa sobre una nueva jornada de protesta, el jefe de Gabinete Guillermo Francos dijo: “Si es una marcha a la que se agregan agentes violentos que lo que pretenden es desestabilizar al Gobierno, serán reprimidos por las fuerzas del orden”.
“Claramente, lo que pretenden es generar caos, que en otras oportunidades significó la caída del presidente De la Rúa. Lo que pasó (en 2001) no fue por el fin de la convertibilidad, que se produjo después, sino por la generación de un caos que lo obligó -al entonces mandatario radical- a renunciar”, dijo a Urbana Play.
El funcionario libertario negó excesos en las fuerzas federales: “No hay una utilización (de la fuerza) fuera de los cánones normales”.
Francos dijo que fue “un accidente” la agresión que sufrió el fotógrafo Pablo Grillo, quien sigue internado en grave estado tras el impacto del cartucho de gas lacrimógeno disparado por fuerzas federales que le generó una fractura de cráneo y pérdida de masa encefálica.
En esa línea afirmó: “Eso no va a impedir que en el futuro se sigan utilizando las fuerzas en la represión de hechos violentos”.
En tanto, el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°11, Martín Cormick, rechazó una medida cautelar solicitada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) para suspender el protocolo antipiquetes del Gobierno nacional que se aplica en cada manifestación para evitar cortes de tránsito, más allá de que muchas veces los uniformados federales son los que apostan sus vehículos y cordones humanos sobre la traza de calles y avenidas.
El magistrado sí afirmó que “observará presencialmente con suma atención todo lo que allí suceda” en la marcha del miércoles ante “los desgraciados hechos de público conocimiento sucedidos el 12/03/25 que no aparecen adecuados a los principios republicanos que consagra la Constitución Nacional y las normas supranacionales que constituyen la ley suprema de nuestro país”.
Según el sitio Palabras de Derecho, frente a la proximidad de la marcha convocada para este miércoles 19 de marzo, Cormick expresó que “observará presencialmente con suma atención todo lo que allí suceda a efectos de incorporar de oficio – a través de los medios probatorios previstos en el CPCCN (aplicable supletoriamente -art. 17 ley de amparo)- toda prueba relativa a cualquier conducta, hecho y/o acto que resulte procedente para resolver la cuestión en debate en estos autos, tal es el planteo de inconstitucionalidad de la Resolución 943/23 (Protocolo de Seguridad)”.
Amnistía Internacional Argentina indicó: “La Justicia Federal estará en la marcha del próximo miércoles para observar la aplicación del llamado “Protocolo Antipiquetes”. El objetivo es determinar si es contrario a derechos fundamentales. Es a partir de la causa en la que junto a @sipreba y @cels_argentina discutimos su constitucionalidad”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






