Publicado el 7 de agosto de 2026|

Media sanción para la reforma de Propiedad Privada: impulsan desalojos más ágiles en conflictos por alquileres

La iniciativa, que ya obtuvo media sanción en el Senado, mantiene el plazo de diez días para intimar el pago de alquileres de vivienda, pero incorpora mecanismos para agilizar los procesos judiciales de restitución de inmuebles en casos de incumplimiento contractual o tenencia precaria.

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Foto: NA

El Senado otorgó media sanción al proyecto de Ley de Propiedad Privada impulsado por el oficialismo, una iniciativa que introduce modificaciones en el régimen de alquileres y otros aspectos vinculados con los inmuebles. Uno de los puntos centrales de la reforma es la creación de mecanismos para acelerar los procesos de desalojo en determinados casos, aunque el texto mantiene sin cambios el plazo de intimación por falta de pago para los alquileres de vivienda.

La propuesta, que ahora deberá ser tratada por la Cámara de Diputados, modifica el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación con el objetivo de reducir los tiempos judiciales para la restitución de inmuebles cuando exista un incumplimiento contractual o una ocupación sin derecho. Según el oficialismo, la medida busca brindar mayor seguridad jurídica a los propietarios y agilizar los procesos.

Uno de los aspectos aclarados durante el debate es que la reforma no modifica el tratamiento de las usurpaciones. Estos casos continuarán encuadrados en el Código Penal y seguirán tramitándose por la vía penal. En cambio, los cambios alcanzan a los desalojos civiles de locatarios, sublocatarios, tenedores precarios e intrusos, explica Noticias Argentinas.

Además, el proyecto mantiene el plazo vigente de diez días corridos para que un inquilino de una vivienda regularice una deuda por alquiler antes de que el propietario pueda iniciar una demanda de desalojo. Ese plazo había sido propuesto originalmente para reducirse a tres días, pero la modificación fue eliminada durante el tratamiento en comisión.

La iniciativa incorpora, sin embargo, herramientas para acelerar los procesos judiciales. Entre ellas, habilita que, en determinados supuestos de intrusión o tenencia precaria, un juez pueda ordenar la restitución inmediata del inmueble cuando el propietario acredite documentalmente su derecho y presente una caución juratoria.

También prevé la utilización de notificaciones electrónicas, siempre que las partes hayan constituido un correo electrónico en el contrato, y establece que los propietarios no podrán rechazar la entrega de llaves por parte del inquilino, aunque conservarán el derecho a reclamar judicialmente las deudas pendientes.

Otro de los puntos incorporados es que, antes de ejecutar un desalojo en el que haya menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad, deberán intervenir los organismos competentes para garantizar una respuesta habitacional transitoria.

Desde el oficialismo sostienen que la reforma permitirá reducir la duración de los litigios y generar mayor previsibilidad en el mercado de alquileres. En ese sentido, especialistas del sector inmobiliario consideran que procesos más rápidos podrían traducirse en menores exigencias para acceder a un contrato de alquiler.

En cambio, organizaciones de inquilinos cuestionan la iniciativa y advierten que la aceleración de los desalojos podría reducir las posibilidades de defensa de quienes atraviesen dificultades económicas para afrontar el pago del alquiler.

Más allá del capítulo referido a los alquileres, el proyecto también introduce cambios en el régimen de expropiaciones, habilita la utilización de documentación digital en los Registros de la Propiedad Inmueble y modifica el régimen de regularización dominial conocido como Ley Pierri. No obstante, el eje del debate legislativo continúa centrado en las nuevas reglas para la restitución de inmuebles y la posibilidad de acortar los tiempos de los desalojos en el ámbito civil.

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