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Foto: Clarín

Congreso: en medio de las protestas por los jubilados, Diputados aprobó el DNU sobre el acuerdo con el FMI

La Cámara baja validó lo dispuesto por el Gobierno nacional.

Publicado el 19 de marzo de 2025|

Con un Congreso rodeado de miles de policías por el operativo ante la marcha de jubilados, la Cámara de Diputados de la Nación este miércoles poco antes de las 17 aprobó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el Poder Ejecutivo nacional por el cual se permite la firma de un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

La votación en la Cámara baja fue de 129 votos a favor, 108 en contra y seis abstenciones. Se logró luego de un intenso debate, que incluyó peleas verbales entre el oficialismo y la oposición e incluso entre miembros del propio sector ligado al Poder Ejecutivo.

“¡Viva la libertad, carajo!”, celebró el presidente en redes sociales.

Según el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, el objetivo del acuerdo es “sanear el BCRA (Banco Central de la República Argentina)” y “tener una moneda sana y continuar con el proceso de desinflación”. “Lo que hagamos nosotros no va a afectar a la gente”, dijo y añadió: “Cuando liberemos (el cepo), no habrá salto devaluatorio”.

No obstante, quienes refutan este entendimiento con el FMI aseguran que muchos de los fondos contemplados se utilizarían para intervenir y mantener el precio del dólar estable, a la espera de que no haya subas pronunciadas. También se cuestiona la falta de información sobre el monto total y demás cuestiones técnicas.

En la oposición cuestionaron la falta de información sobre el acuerdo entre el FMI y el Gobierno nacional. El diputado nacional de Unión por la Patria, Carlos Heller, expresó: “Es lamentable y penoso todo esto, no se puede trabajar en esta penumbra en la que se nos plantea que aprobemos a libro cerrado un acuerdo que no le conocemos el monto, las condiciones, la tasa de interés, ninguno de los elementos que la componen”.

En el oficialismo dijeron que se trata de una herramienta para consolidar el plan económico del Gobierno nacional. La diputada nacional de La Libertad Avanza, Mercedes Llano, dijo: “El acuerdo es un instrumento que permitirá dar sostenibilidad al plan de estabilización, reducir las restricciones cambiarias, disminuir la inflación y reconducirnos por la senda del desarrollo”.

El presidente de la UCR en Diputados, Rodrigo de Loredo afirmó: “Nuestro bloque, una vez más, viene a ayudar a un gobierno que no integra en un momento crítico”.

Hubo algunos diputados que habían aprobado otorgarle facultades especiales al presidente que ahora objetaron el DNU. Es el caso de Margarita Stolbizer (Encuentro Federal): “Aquí hay una flagrante violacion a la norma constitucional. La Constitución Nacional establece las atribuciones del Poder Legilsativo, que dice que tiene que aprobar los acuerdos internacionales y tiene a su cargo arreglar la deuda pública”.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.