Escuela de Yoga de Buenos Aires en Villa Crespo: volvieron a confirmar los procesamientos de 17 personas acusadas de asociación ilícita, trata y lavado
Lo dispuso la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, por mayoría, volvió a confirmar los procesamientos de 17 personas acusadas de los delitos de asociación ilícita, trata de personas con fines de explotación sexual y lavado de activos en el marco de la causa en la que se investiga una presunta organización criminal internacional que funcionó bajo la fachada de “Escuela de Yoga Buenos Aires” (EYBA), que estaba en Villa Crespo (Comuna 15).
Esta medida es en línea con una resolución dictada en diciembre pasado por el juez federal porteño Ariel Lijo en sintonía con el pedido realizado por la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal Nº4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo de Carlos Stornelli, y los cotitulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Alejandra Mángano y Marcelo Colombo, informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
A su vez, la Cámara, también acorde a la postura del MPF, revocó el sobreseimiento de uno de los imputados, quien se desempeñaba como médico clínico en la supuesto “Centro Médico Integral” donde, según la investigación, se dormía durante días a los “alumnos” a través del consumo de distinto tipo de psicofármacos.
En septiembre de 2023, el juez elevó a juicio el primer tramo de la causa. Posteriormente, por pedido de las defensas, la Cámara decretó la nulidad de la elevación a juicio y le ordenó al magistrado que evaluara la prueba producida con posterioridad al dictado de los procesamientos. A partir de eso, Lijo volvió a revisar la prueba y confirmó lo que ya había dispuesto en el caso oportunamente.
El caso
Según la investigación, los imputados comandaban una organización coercitiva que, bajo la apariencia de dedicarse al estudio de la filosofía del yoga, explotaba a sus integrantes -las “alumnas”- con personas de elevado poder económico, para el enriquecimiento del “maestro” y la Escuela. Para esto contaban además con una “clínica” ilegal donde se dormía durante días a los “alumnos” a través del consumo de distinto tipo de psicofármacos, lo cual constituyó para los investigadores una forma de coerción y dominio. Todo esto con el propósito de lograr el enriquecimiento de los líderes de la organización.
Esta organización funcionó durante décadas en nuestro país y fue desbaratada el pasado 12 de agosto cuando se realizaron alrededor de 50 allanamientos simultáneos en sus distintas sedes y en los domicilios de sus líderes. Además de secuestrarse numerosa documentación, durante los procedimientos se incautaron más de un millón y medio de dólares, joyas y monedas de oro. De acuerdo a lo estimado en la investigación, contaría con un patrimonio de, al menos, 50 millones de dólares, con cuentas radicadas en Estados Unidos.
La investigación, que tramita ante el Juzgado Federal N°4 de la Capital Federal y con la intervención de la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4, a cargo de Stornelli, se inició en la PROTEX que dirigen Mángano y Colombo, que actualmente continúan coadyuvando en la causa.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






