Marcha en Congreso contra el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad: fuerzas federales forcejearon para aplicar el protocolo antipiquetes
Familias y prestadores piden que la Cámara baja rechace la medida presidencial.
Una movilización en Plaza Congreso para rechazar el veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad se desarrolló este mediodía. Piden que dos tercios de la Cámara de Diputados lo rechacen.
El presidente también vetó esta semana el aumento a jubilados (es la segunda vez que lo hace en su gestión) y la recomposición de la moratoria previsional, todas iniciativas promovidas desde la oposición.
En un momento de la manifestación de este martes, fuerzas federales aplicaron el protocolo antipiquetes y forcejearon con las personas presentes, en su mayoría familiares de personas con discapacidad.
La declaración de la emergencia para discapacidad buscaba garantizar fondos hasta diciembre del 2027 para el pago a los prestadores de servicios (enfermeros, acompañantes y transportistas). Además, la iniciativa restablecía el proceso de aprobación de pensiones y actualizaba las sumas (en junio del 2025 era de $213.286,50); y aumentaba la remuneración a los trabajadores con discapacidad que son empleadas en talleres asistidos: cobran $28.000 mensuales desde febrero del 2023, repasa Ámbito.
En la previa de la marcha, el Foro Permanente para la Promoción y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad rechazó el veto y denunció: “Presidente (Javier) Milei, ¿Cómo se sobrevive sin trabajo ni ingresos?, ¿Cómo se transita una vida digna sin los apoyos necesarios?, ¿Cómo se responde desde el Estado a quienes dependen de estos dispositivos para vivir? Un veto total no es austeridad: es abandono. Es elegir excluir. Gobernar implica asumir responsabilidades con todos los sectores y no dejar en el olvido a quienes más lo necesitan”.
El “verdadero desafío” es construir una sociedad “más justa”, donde “nadie quede excluido ni sólo” frente a las dificultades que se presentan en la Argentina de hoy.
También dijeron que la “Emergencia en Discapacidad” abarca “múltiples realidades” porque existen personas que trabajan “en talleres protegidos” y que hoy perciben “$28.000 mensuales”, como así también están quienes “esperan acceder a una pensión para contar con un ingreso”, además del acompañamiento integral que les permita desarrollarse.
“Hoy, esas personas, están en riesgo porque los aranceles no cubren los costos básicos de funcionamiento y muchos prestadores están al borde del cierre”, concluyeron.
De modo similar, Fundación Rumbos expuso este comunicado: “Desde RUMBOS expresamos nuestro repudio al Decreto 534/25 que veta la Ley de Emergencia en Discapacidad, la moratoria previsional y el aumento de las jubilaciones sancionados recientemente por el Congreso de la Nación, y exigimos que ambas cámaras ejerzan -con la celeridad que amerita la situación- el derecho de insistencia para forzar la promulgación de la ley aprobada. La dignidad humana no puede quedar sujeta al modelo económico de turno, por eso apoyamos los reclamos de personas con discapacidad, familiares y trabajadores que brindan prestaciones, y seguimos exigiendo que el Estado garantice un ingreso no inferior a la canasta familiar en todo hogar donde viva una persona con discapacidad o jubilada, mediante pensiones, jubilaciones y/o empleo. Convocamos este miércoles 6 de agosto a las 15hs en el Congreso para unir nuestro reclamo al de jubilados, trabajadores de la salud y de la universidad. Defendamos lo que tanto nos costó conseguir. ¡Ni una rueda, ni un bastón, ni un paso atrás!”.
En abril durante el tratamiento del proyecto de Ley en Diputados, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) manifestó su “enérgico rechazo al proyecto de Ley de Emergencia en Discapacidad impulsado por un sector de la oposición en la Cámara de Diputados”: “Se trata de una iniciativa regresiva, que apela a un modelo asistencialista que ya fracasó, desatiende los estándares internacionales y posterga la verdadera inclusión”.
“La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el modelo social promueven la vida independiente y la eliminación de barreras que perpetúan desigualdades. Las personas con discapacidad no buscan una asistencia pasiva, económica y permanente, sino políticas públicas que garanticen inclusión plena en todos los ámbitos: laboral, educativo, deportivo y social. El proyecto va en la dirección contraria. Lejos de plantear soluciones sostenibles, esta propuesta multiplica promesas sin una sola mención a cómo se financiarían. Ampliar masivamente el alcance de pensiones o el valor de las prestaciones, sin indicar de dónde saldrán los recursos, es irresponsable”, planteó el organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Nación
“Además, quienes hoy impulsan esta supuesta emergencia son los mismos que durante la gestión anterior generaron atrasos en los valores de las prestaciones, desfinanciaron al sistema y permitieron utilizar las pensiones por invalidez para hacer política, sin importar que de esa manera perjudicaban a quienes sí realmente lo necesitaban. Los números hablan por sí solos: en 2003 había 80.000 pensiones por invalidez; en 2023, esa cifra superaba el 1.250.000. La gestión anterior flexibilizó los criterios de otorgamiento mediante decretos y resoluciones, habilitando el acceso a beneficios a personas que no cumplían con los requisitos médicos ni socioeconómicos. Al mismo tiempo, dejaron caer el valor real de las prestaciones: mientras la inflación en 2023 fue del 211,4%, los aranceles solo crecieron un 93%. En cambio, este gobierno comenzó a ordenar el sistema y a auditar pensiones mal otorgadas. Es justamente ese trabajo el que permitirá recuperar recursos genuinos y destinarlos a quienes realmente los necesitan. Frenar esta tarea con un proyecto inconsistente no resolvería los problemas: los agravaría”, agregó.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






