El Gobierno nacional anunció un aumento del 60% para trabajadores del Hospital Garrahan de Parque Patricios
El Garrahan crece y demuestra que con responsabilidad y eficiencia, el mérito y el esfuerzo vuelven a tener sentido”, informó su dirección.
La dirección del Hospital Garrahan del barrio de Parque Patricios (Comuna 4) anunció un incremento del 61% sobre la asignación básica (salario básico más dedicación funcional). El primer cobro incluirá un retroactivo respecto del sueldo de octubre. En la publicación oficial afirman que el bono sigue.
La institución comunicó: “El Garrahan crece y demuestra que con responsabilidad y eficiencia, el mérito y el esfuerzo vuelven a tener sentido”.
La Asociación de Trabajadores del Estado en el Garrahan (ATE) informó en un comunicado: “Sin admitirlo, el gobierno empieza a aplicar parcialmente la ley votada en el Congreso. Es un extraordinario triunfo de la lucha del Garrahan, que conmovió a la Argentina durante meses. Es, a la vez, una derrota de Milei, Lugones y la gestión del Garrahan, que se jugaron a reventarnos sistemáticamente sin lograrlo”.
“En el país de las paritarias al 1%, la huelga del Garrahan reventó ese techo a fuerza de una pelea incansable. Asambleas generales sin distinción de afiliación, tarea o sector; paros; movilizaciones; festivales; acciones de visibilización y un sinfín de hechos que tuvieron como protagonistas a los trabajadores y trabajadoras del hospital, acompañados por un apoyo popular sin precedentes. Es total el contraste entre los resultados obtenidos por la metodología del Garrahan (sindicatos combativos, unidad en la asamblea general, planes de lucha) y la ruina de salarios a la baja y despidos cuando domina la burocracia sindical”, agregó.
“Naturalmente, este gigante triunfo no oculta las barbaridades que hizo y sigue haciendo la patronal del Garrahan. Reclamamos la anulación de los salvajes descuentos por ejercer el derecho a huelga. Exigimos la anulación de las causas contra de Pirozzo contra ATE y APyT, que buscan criminalizar la protesta. Nos preparamos para la lucha por las condiciones de trabajo, que están mal y buscan empeorar reforma laboral mediante. Pero lo hacemos desde un triunfo histórico que merecemos festejar. Nadie nos regaló nada: lo arrancamos organizados, peleando, con los métodos propios de nuestra clase trabajadora, unida sin distinción de tarea o sector”, finalizó.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






