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Monteoliva anunció que el Gobierno nacional apelará el fallo que anuló el protocolo antipiquetes

"Este avance responde a la vieja política que no quiere paz ni orden en la Argentina”, expresó la funcionaria.

Publicado el 29 de diciembre de 2025|

La ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, adelantó que el Gobierno del presidente Javier Milei apelará el fallo judicial que declaró nulo el denominado “protocolo antipiquetes”, una medida impulsada originalmente por su antecesora en el cargo, la actual senadora nacional por la Ciudad de Buenos Aires de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich.

“Sin protocolo no hay orden, hay caos. Un juez dictó una medida que intenta avanzar sobre el Protocolo Antipiquetes. Este avance responde a la vieja política que no quiere paz ni orden en la Argentina”, expresó la funcionaria a través de su cuenta en la red social X, según constató la Agencia Noticias Argentinas.

En ese sentido, Monteoliva aseguró que el Ejecutivo no retrocederá en su postura: “No vamos a dar un paso atrás, la vamos a apelar. Este Protocolo tiene fundamentos técnicos, jurídicos y operativos”. Además, remarcó que la iniciativa “es la herramienta que le devolvió orden y tranquilidad a los argentinos que quieren vivir en paz”, y sostuvo que el Gobierno la defenderá “a toda costa”.

La ministra también salió al cruce del fallo judicial y cuestionó al magistrado que lo dictó. “El protocolo antipiquetes fue validado por decenas de jueces y cuenta con el respaldo de los argentinos. ¿Quién lo declara nulo? El mismo juez que siempre lo hace contra el Gobierno. ¿Quiénes festejan? Los que viven del caos, la extorsión y la desestabilización”, afirmó.

En otro mensaje publicado en redes sociales, Monteoliva sostuvo que “los perjudicados son siempre los mismos: los argentinos que quieren trabajar, circular y vivir en paz”, y concluyó con una advertencia: “El orden no se negocia. No tengan dudas: no daremos ni un paso atrás”.

El fallo al que hace referencia el Gobierno fue dictado este lunes por el juez titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, Martín Cormick, quien dispuso frenar la vigencia del protocolo destinado a contener movilizaciones sociales y cortes de calles, a partir de una presentación realizada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.