Publicado el 1 de abril de 2026|

Propofol: la muerte del anestesiólogo en Palermo impulsó la investigación por presuntas fiestas con drogas robadas a hospitales porteños

El Hospital Italiano informó que inició una revisión de sus protocolos de control y seguridad en la gestión de estupefacientes.

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La muerte de un médico residente por una presunta sobredosis de propofol y fentanilo derivó en una investigación judicial por el robo de estos fármacos del Hospital Italiano y su posible uso fuera del ámbito sanitario.

El caso se inició a partir del fallecimiento de un anestesista de 29 años, que fue hallado sin vida en su departamento de Palermo (Comuna 14). Trabajaba en la guardia del Hospital General de Niños R. Gutiérrez y era exresidente del Hospital Rivadavia, ambos ubicados en Recoleta (Comuna 2).

Según las primeras pericias, el cuerpo presentaba indicios de autoadministración de sustancias y la autopsia determinó un cuadro compatible con una sobredosis, con signos como edema pulmonar y meningoencefálico. No obstante, aún restan resultados complementarios para confirmar la causa exacta de la muerte.

A partir de este hecho, se detectó un faltante de anestésicos en el área de Anestesiología del Hospital Italiano de Buenos Aires. La institución confirmó que realizó una denuncia interna y luego judicial, y que apartó de sus funciones a dos profesionales presuntamente involucrados.

La causa, que quedó en manos de la Justicia porteña, investiga un posible esquema de desvío de medicamentos. En ese marco, allanamientos realizados en la vivienda del médico fallecido permitieron establecer que parte de los fármacos encontrados correspondían a lotes sustraídos del hospital, lo que vinculó ambas investigaciones.

Con el avance de la pesquisa, también se incorporaron nuevos elementos. El análisis de dispositivos electrónicos permitió detectar la existencia de grupos de mensajería integrados por profesionales de la salud en los que se mencionaban encuentros denominados “fiestas controladas”, donde se habrían utilizado estas sustancias fuera del ámbito clínico.

En esa línea, los investigadores analizan tanto la posible organización de reuniones privadas con consumo recreativo de anestésicos como la oferta de experiencias pagas en las que se administraban dosis bajo supervisión, con personas preparadas para intervenir ante eventuales complicaciones respiratorias.

Por el momento, hay dos personas imputadas por el delito de administración fraudulenta: un ex integrante del área de Anestesiología del Hospital Italiano y una médica residente de la misma institución. Ambos fueron indagados y se negaron a declarar.

Las investigaciones avanzan en paralelo: por un lado, la causa que busca determinar las circunstancias de la muerte del profesional, y por otro, la que indaga el circuito de sustracción y posible distribución de los fármacos. En ambos expedientes, se aguardan pericias clave que podrían esclarecer el alcance del caso y confirmar las hipótesis en análisis.

En paralelo, el Hospital Italiano informó que inició una revisión de sus protocolos de control y seguridad en la gestión de estupefacientes, con el objetivo de reforzar los mecanismos de supervisión y prevenir situaciones similares.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.