Publicado el 19 de octubre de 2026|

El Gobierno aprobó un régimen de retiro voluntario para empleados de la Administración Pública Nacional

El Decreto 1203/2026 alcanza al personal de planta permanente y a trabajadores con contratos por tiempo indeterminado de organismos de la Administración Pública Nacional centralizada. Los cargos de quienes adhieran serán eliminados una vez que se concrete el cese laboral.

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El Gobierno nacional aprobó un régimen de retiro voluntario para trabajadores de la Administración Pública Nacional centralizada, mediante el Decreto 1203/2026, publicado este lunes 19 de octubre en el Boletín Oficial. La medida alcanza al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y a quienes tienen contratos laborales por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo.

La disposición, firmada por el presidente Javier Milei, junto con Diego César Santilli y Federico Sturzenegger, establece un mecanismo de desvinculación voluntaria en el marco de la política oficial de reorganización del Estado y optimización de sus estructuras y dotaciones.

Según los fundamentos del decreto, la iniciativa busca mejorar la asignación de los recursos públicos y adecuar las estructuras de los organismos nacionales. En ese sentido, la norma dispone que los cargos presupuestarios correspondientes a los trabajadores que se incorporen al régimen deberán ser eliminados a partir de la fecha en que se concrete el cese de la relación laboral.

El régimen está dirigido a dos grupos de trabajadores de las jurisdicciones y organismos que integran la Administración Pública Nacional centralizada: el personal de planta permanente alcanzado por la Ley 25.164 y quienes mantienen contratos de trabajo por tiempo indeterminado, de acuerdo con el artículo 90 y concordantes de la Ley 20.744.

La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, será la autoridad de aplicación. Entre sus atribuciones estará dictar las normas complementarias necesarias para implementar el régimen y disponer, por única vez, una prórroga del plazo de adhesión de hasta 30 días corridos.

El decreto establece que cada jurisdicción alcanzada deberá adoptar las medidas administrativas necesarias para suprimir los cargos presupuestarios de quienes se adhieran, una vez finalizada su relación de empleo.

Los gastos derivados de la implementación serán cubiertos con los créditos presupuestarios vigentes de cada jurisdicción para el ejercicio correspondiente, conforme a la Ley de Administración Financiera y las demás normas aplicables.

La medida entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el 19 de octubre de 2026. El decreto aprueba el régimen y fija sus lineamientos generales; las condiciones específicas para la adhesión deben consultarse en el Anexo I que integra la norma.

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