Acampe y paro de enfermeros por el reconocimiento profesional y porque siguen los “recortes salariales en los CESAC”
El jueves 13 de abril desde las 19 hs se movilizarán desde Callao y Corrientes hasta la sede de la Justicia Porteña en Yrigoyen al 900.
El personal de enfermería en CABA a través de la Asociación de Licenciados en Enfermería (ALE) anticipó dos jornadas de protesta “muy importantes para esta semana con la expectativa de lograr un fallo favorable a la equiparación salarial y laboral que reclaman con el resto de profesionales encuadrados en la Ley N° 6035 de CABA”.
Desde ALE informaron que “el cronograma de actividades que va a incluir, además de La Marcha de Antorchas este jueves 13/4, desde las 19 hs desde Callao y Corrientes hasta la sede de la Justicia Porteña en Yrigoyen al 900, una Vigilia con acampe, olla solidaria y festival hasta el día siguiente que cerrará con paro y conferencia de prensa a las 10 hs”.
Andrea Ramírez, enfermera del Hospital Ramos Mejía y presidenta de ALE declaró: “Es indignante ver al Jefe de Gobierno haciendo puro electoralismo, concentrado en su candidatura, en internas del PRO y gastando plata para esos fines, pero con la enfermería sigue el maltrato laboral sistemático. Nuestro colectivo se pregunta, si es este el modelo de salud y para la primera línea que Larreta pretende nacionalizar si llega a la presidencia. ¡Por favor, qué les espera a los trabajadores de nuestro sector en toda la Argentina!”
Por su parte, Carolina Cáceres, enfermera del Hospital Tornú y Secretaria General de ALE e integrante del Consejo Ejecutivo de Federación de Profesionales agregó: “El 13 y 14 de abril volvemos a las calles, con una nueva Marcha de las Antorchas, Acampe y PARO en la sede de la Cámara de apelaciones, a exigir Justicia para enfermería ya. Hay un fallo de la Jueza López Vergara que nos da la razón, reconoce lo obvio: Enfermería es Profesional y el GCBA tiene que equiparar nuestros salarios y condiciones laborales a las del resto de profesionales de la salud. Pero Larreta y Quirós se niegan y por eso apelaron, quieren continuar con la discriminación que sufre nuestra profesión, y mantener la iniquidad que nos precariza con salarios debajo de la línea de pobreza y muy lejos de la Canasta Básica, empujándonos al pluriempleo y la miseria. Pero la Enfermería va a ganar esta lucha, porque no vamos a abandonarla hasta conseguir el reconocimiento profesional, salarial y laboral que la primera línea merece.”
Finalmente, Ramírez, remató: “Y por supuesto, seguimos denunciando la situación del personal de enfermería de los CESAC al cual le recortaron arbitrariamente parte de su salario y hay enfermeras y enfermeros, que todavía no cobraron lo que les descontaron sin ninguna justificación. Es directamente una provocación siniestra la del Ministerio de Salud: ganamos salarios por debajo de la canasta de pobreza y ¡encima nos recortan! No se puede creer”.

EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






