Balvanera, Constitución y Retiro acumulan más “hot spots” de delito
Así lo afirma el Centro de Estudios Metropolitanos en base a datos oficiales.
El Centro de Estudios Metropolitanos divulgó un informe llamado “Análisis de los hot spots de robos y hurtos en CABA” y concluyó que “los delitos se concentran mayormente en las calles de las mismas comunas 1 (Retiro, Constitución, Puerto Madero, Monserrat, San Telmo, San Nicolás), 3 (Balvanera, San Cristóbal), 4 (La Boca, Barracas, Nueva Pompeya, Parque Patricios), 7 (Flores, Parque Chacabuco) y 14 (Palermo).
“La pandemia de COVID-19 impactó en el descenso del delito. Un grupo de investigadores liderados por la Universidad de Cambridge realizó un análisis sobre las tasas de delito en 27 ciudades de 23 países de Europa, las Américas, Asia y Medio Oriente, y descubrió que las políticas de restricciones durante la pandemia llevaron a una caída general de los delitos registrados por la Policía de hasta el 37 % en todos los países. En el caso de los robos (robo con violencia o intimidación) se redujeron casi a la mitad: descendieron un promedio del 46 %. Los hurtos cayeron un promedio de 47% y el hurto automotor un promedio de 39%”, señalan los autores.
“La Ciudad de Buenos Aires no fue la excepción a esta situación de descenso del delito durante los años 2020 y 2021 tal como se ha buscado demostrar en los informes previos del Centro de Estudios Metropolitanos (CEM) sobre robos, hurtos y movilidad durante la pandemia de COVID-191. En particular, el robo descendió drásticamente en el año 2020 con 34669 casos y en el año 2021 con 44825 casos respecto a los 62829 casos del año 20192”, suman.
“A pesar de que la pandemia hizo descender todos los registros en 2020 y 2021, lo que vemos en la Ciudad de Buenos Aires es que, en términos generales. los delitos se concentran mayormente en las calles de las mismas comunas de siempre: 1, 3, 4, 7 y 14”, expresó el director del CEM, Matías Barroetaveña.
Este informe analiza los focos delictivos (hot spots) de robos y hurtos en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el período 2017-2021 a nivel de micro-lugares que consisten en calles: “Uno de los principales resultados es que el delito de robo siempre estuvo fuera del rango de la “Ley de Concentración del Delito” de Weisburd aún a pesar del drástico descenso de su tasa en los años 2020 y 2021 por la pandemia y las restricciones a la movilidad, lo que implica la existencia de más hot spots esparcidos por la Ciudad en vez de estar concentrado”.
“Esta continuidad en comunas y calles demuestra el nulo impacto de la supuesta videovigilancia y la enorme disponibilidad de recursos”, concluyó Barroetaveña.
Para el presente trabajo se descargaron los datasets del sitio web oficial del mapa del delito de la Ciudad con el objetivo de realizar un análisis cuantitativo y espacial de los datos de los delitos de robo, robo automotor, hurto y hurto automotor, correspondientes al período comprendido entre los años 2017 y 2021,y en relación a la “Ley de Concentración del Delito” de Weisburd. También se utilizó el callejero de la Ciudad de BA Data: la Ciudad de Buenos Aires cuenta con 31412 calles que tienen una longitud promedio de 109,2 metros.
Conclusiones del informe:
En la Ciudad de Buenos Aires hay más posibilidades de ser víctima del delito de robo en una mayor cantidad de lugares distintos de la Ciudad a pesar de que su tasa descienda. Ésta afirmación surge del análisis realizado sobre focos delictivos (hot spots) utilizando la “Ley de Concentración del Delito” de Weisburd (2015): es que en entre los años 2017 y 2021 las concentraciones del delito de robo en las calles porteñas estuvo siempre fuera del rango de Weisburd (tanto para concentraciones del 25% como del 50%); ésto equivale a decir que el control delito porteño permitió que haya más hot spots esparcidos por el territorio de la Ciudad a pesar de que la tasa de robo haya descendido, en particular, en los años 2020 y 2021 debido a la pandemia de COVID 19 que impactó en el descenso del delito como lo evidencia el estudio realizado por la Universidad de Cambridge.
Los mismo equivale a decir respecto a los hurtos: las concentraciones de este delito están fuera del rango de Weisburd (2015), con excepción de las concentraciones del 25% en los años 2017-2019 que luego quedaron fuera de rango en los años 2020 y 2021 (donde a pandemia impactó en el descenso de este delito). En definitiva los datos muestran que, desde el año 2017, los hot spots del delito de robo estuvieron fuera del rango de la “Ley de Concentración del Delito” de Weisburd (2015) inclusive a pesar del drástico descenso de su tasa en los años 2020 y 2021, producto de la pandemia de COVID-19; y lo mismo vale para el delito de hurto, aunque en menor medida.
Esta situación plantea interrogantes sobre cómo está funcionando la prevención del delito en la Ciudad de Buenos Aires ya que no existe un control efectivo del delito de robo en la vía pública para contenerlo en áreas (hot spots) que estén dentro de los parámetros de la “Ley de Concentración del Delito” de Weisburd (2015); y ello a pesar de que el robo descendió drásticamente en el año 2020 con 34669 casos y en el año 2021 con 44825 casos con respecto a los 62829 casos del año 2019. Respecto al método de análisis empleado, cabe recordar que son numerosos los estudios sobre la aplicabilidad de la “Ley de Concentración del Delito” de Weisburd (2015) en ciudades de Estados Unidos, Asia, Europa y Latinoamérica (con Argentina incluida); ésto permite comparar los resultados entre distintas ciudades del mundo.
Finalmente, de la simple observación de los mapas se puede observar cómo roban más y siempre en las mismas zonas de los barrios porteños tal como lo evidencian las calles pintadas de rojo (hot spots). En otras palabras, se puede apreciar en estos mapas de hot spots de los años 2017 al 2021 que las calles que registran más robos (aquellas de color rojo) se repiten (es decir, son las mismas) o aparecen con una micro variación dentro de las mismas Comunas porteñas a lo largo de los años: éstas son las Comunas 1, 3, 4, 7 y 145 . Ésto termina por plantear otra cuestión más: que la mayor cantidad de robos tiene lugar dentro de las mismas cinco comunas que lideran el ranking de aquellas que registran más robos desde el año 2017 hasta la actualidad (ver informe del CEM “Hacia un mapa participativo: El mapa del delito de CABA”).
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






