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Foto: GCBA

Barracas: Migliore y Ferraro recorrieron el Polo Textil San Antonio de Barracas

Se trata de un espacio integrado por cooperativas de distintos barrios populares de la Ciudad

Publicado el 31 de enero de 2023|

La ministra de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad de Buenos Aires, María Migliore, el diputado nacional de la Coalición Cívica por CABA, Maximiliano Ferraro, y la subsecretaria de Desarrollo del Potencial Humano, Belen Barreto, recorrieron el Polo Textil San Antonio del barrio de Barracas (Comuna 4), un espacio integrado por cooperativas de distintos barrios populares de la Ciudad, en el que se potencia el desarrollo del sector textil y construyen alianzas con el sector público y privado.

El Polo San Antonio, que genera 120 puestos de trabajo, nace de la transformación de un espacio ocioso de la ciudad, en un predio de más de 1000 mts2 para la producción textil. En él trabajan distintas cooperativas de los barrios Rodolfo Ricciardelli (1-11-14), La Boca y Agronomía, participando de toda la cadena de valor textil: la fibra y el hilado, la tejeduría, la confección y la comercialización.

María Migliore, ministra de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad expresó: “Uno de nuestros desafíos centrales es seguir fortaleciendo la economía popular: que su trabajo se valorice, gane derechos y se integre a la cadena formal”, y agregó: “El polo San Antonio funciona como centro de capacitación y especialización para cientos de unidades productivas de la economía popular de la Ciudad, generando mejores oportunidades de trabajo en el mercado”.

Por su parte, Maximiliano Ferraro, aseguró que “la mejor vía para integrar trabajadores al sistema es a través de la capacitación y la ampliación de mercados”.

El Polo San Antonio tiene como objetivo reconocer la importancia de la economía popular y social en el sector textil, y abrir una oportunidad para ampliar su escala a partir de una estrategia comercial que vincule al Polo, tanto al sector privado como al público, consolidando alianzas comerciales con empresas, participando en el Programa de Compra Pública e incluyendo a los emprendimientos en la Plataforma Valor Popular, el canal de comercialización de la Economía Social y Popular.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.