colegio

De mayo a julio, el GCBA cubrirá hasta $30.000 en la cuota mensual de estudiantes de inicial, primaria y secundaria en colegios privados con subvención estatal

La inscripción se realiza del 16 de abril al 20 de mayo. Es compatible con el programa de vouchers educativos del Gobierno nacional.

Publicado el 15 de abril de 2024|

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires presentó el programa Ayuda Cuota Escolar, por el cual la administración porteña abonará por tres meses, de mayo a julio, una parte en la cuota de los colegios privados con subvención estatal, con un tope mensual de $30.000 por alumno. Enlace oficial para registrarse. Es compatible con el programa de vouchers educativos del Gobierno nacional.

“Desde el 16 de abril de 2024, las familias con estudiantes que concurren a instituciones de educación pública de gestión privada, que reciban aporte estatal, de los niveles de educación común obligatoria (sala de 4 y 5 años de Nivel Inicial, Primario y Secundario) podrán solicitar una ayuda económica para acompañar la educación de niños, niñas y jóvenes durante 3 meses”, indican fuentes oficiales.

Esta medida es para familias con estudiantes que asisten a escuelas de gestión privada con aporte estatal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en los niveles obligatorios: inicial (sala de 4 y 5 años), primario y/o secundario. No hay tope familiar: no hay tope familiar; se puede solicitar la prestación para todos los/as estudiantes que estén a cargo y cumplan con los requisitos. El monto del beneficio será de hasta $30.000 por mes por estudiante.

En el caso de las escuelas de la modalidad especial, serán consideradas todas las situaciones en que el pago del arancel mensual se encuentre a cargo de la familia del estudiante. En ese caso deberás enviar un correo electrónico a la casilla ayudacuotaespecial@bue.edu.ar solicitando el beneficio.

La inscripción debe ser realizada por una de las personas que ejerzan la responsabilidad parental del estudiante o de los/as estudiantes: madre, padre o responsable legal.

Requisitos: Que el estudiante asista a una escuela de gestión privada que reciba aporte estatal. Que asista a alguno de los niveles de educación obligatoria (sala de 4 y 5 años de Nivel Inicial, Primario y Secundario). Que cumpla con la condición de alumno regular. Que el responsable que realiza la inscripción tenga cuenta en miBA. Consultar el instructivo.

No hay tope de ingreso familiar para acceder al Programa.

Así se realiza la inscripción: 1. Buscá tu colegio. Accedé al listado de establecimientos. 2. Si tu colegio está en el listado seleccioná la opción «Inscribite». 3. Completá el formulario. Deberás estar logueado en miBA para completar el formulario ingresando los datos del estudiante y su institución. Recordá incluir a todos los menores a cargo en un único formulario. 4. Revisá que los datos ingresados sean correctos. Una vez enviado no vas a poder editarlo. 5. Revisá tu correo electrónico. Te enviaremos un correo electrónico para confirmar el inicio del trámite. Luego, recibirás otro correo para informarte el estado de tu solicitud. En caso de dudas, consultar este enlace.

Para completar el formulario: Número de DNI del padre, madre o responsable legal. Número de DNI del o los/as estudiantes a inscribir. Nivel y escuela a la que concurre cada uno/a de ellos/as.

Para saber si su hijo fue elegido: “Vas a recibir un correo electrónico para confirmar el inicio del trámite. Luego, recibirás otro correo para informarte el estado de tu solicitud. Por dudas o consultas podés llamar al 0800-333-3382 opción 3.9.1 de lunes a viernes de 8 a 20 h”.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.