Detuvieron a un grupo de jóvenes acusado de realizar las amenazas de bomba en estaciones de tren y Casa Rosada
Los detenidos se dedicaban a hackear las cuentas de los clientes de la empresa Telecentro, gestionándoles -sin su consentimiento- nuevas líneas telefónicas a su nombre, las que luego eran vendidas al mejor postor en el mercado negro de la denominada 'deep web', indicaron en la organización del operativo policial.
La Policía Federal Argentina (PFA) detuvo en las últimas horas a un grupo de tres jóvenes acusado de realizar al menos 30 amenazas de bomba en Casa Rosada, Congreso de la Nación, estaciones de subte y tren, aparte de dependencias públicas como la Cámara Nacional Electoral y amenazar funcionarios como el ministro de Transporte Diego Giuliano. Hay que agregar un llamado amenazador al Complejo C Art Media, el búnker de Unión por la Patria el día de las elecciones. Muchas de las llamadas con falsas amenazas se produjeron esta semana y afectaron a miles de pasajeros del transporte público.
Las detenciones se produjeron en el marco de la causa que inició el 22 de octubre, día de las elecciones generales, la cual tramita en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 10, a cargo de Julián Ercolini.
Efectivos de la Superintendencia de Investigaciones Federales, a través de la División Delitos Constitucionales, concretaron los arrestos tras una serie de allanamientos realizados en el conurbano bonaerense.
De hecho, el líder de esta banda sería un joven de 18 años, hijo de un excomisario de la bonaerense desafectado de la fuerza con antecedentes de amenazas. Este muchacho tiene además antecedentes por otros casos de estafas. Al ser detenido, dijo que “se levantaba todas las mañanas enojado con el sistema” y por eso realizó estas amenazas.
“Eran un perfil parecido a la Banda de los Copitos, medio libertarios”, indicaron en la investigación a Clarín.
Según fuentes del caso, los jóvenes serían responsables de “al menos unos 30 hechos de amenazas de bomba” que causaron “millonarias pérdidas por la suspensión de los servicios ferroviarios afectados”.
Se pudo establecer que las amenazas eran realizadas “a través de varias líneas telefónicas de la empresa Telecentro que utilizan una nueva tecnología que canaliza las llamadas a través de una conexión a internet”.
“Los detenidos se dedicaban a hackear las cuentas de los clientes de la empresa, gestionándoles -sin su consentimiento- nuevas líneas telefónicas a su nombre, las que luego eran vendidas al mejor postor en el mercado negro de la denominada ‘deep web’. En ese ámbito, el sospechoso luego de adquirir líneas fraudulentas a nombre de terceros, utilizaba redes wi fi públicas para realizar los llamados intimidatorios, evitando de este modo ser rastreado”, detallaron los informantes.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






