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El GCBA afirma que gracias a “Buenos Aires Aprende” hubo un “avance histórico” y los estudiantes mejoraron en lengua y matemática

El jefe de Gobierno, Jorge Macri, celebró los resultados y afirmó que reflejan un cambio positivo dentro del aula.

Publicado el 10 de diciembre de 2025|

Tras la puesta en marcha del plan “Buenos Aires Aprende” el año pasado, los estudiantes de escuelas públicas y privadas de la Ciudad mejoraron sus rendimientos en Lengua y Matemática hasta 17 puntos en comparación con 2023, según las evaluaciones FEPBA (7° grado) y TESBA (3° año de secundaria), que este año realizaron 71 mil alumnos.

En la prueba FEPBA, las escuelas estatales aumentaron 17,2 puntos en Matemática y 10 puntos en Lengua, mientras que las privadas mejoraron 15,2 y 9,1 puntos respectivamente. Son los puntajes más altos en Lengua y el segundo mejor registro en Matemática desde 2013.

En secundaria también hubo avances respecto de 2023. En Matemática, las instituciones estatales subieron 14,2 puntos y las privadas 9,9. En Lengua, el sector estatal mejoró 2,9 puntos, mientras que las privadas registraron una caída de 2,8. El incremento en las escuelas públicas —sobre todo entre los alumnos con desempeños más bajos— permitió elevar el promedio general de la Ciudad en 1,2 puntos.

Las evaluaciones midieron interpretación, obtención de información y reflexión sobre el lenguaje en Lengua; y resolución de problemas y manejo de números, operaciones, geometría, medida, álgebra, funciones, probabilidad y estadística en Matemática.

El jefe de Gobierno, Jorge Macri, celebró los resultados y afirmó que reflejan un cambio positivo dentro del aula. La ministra de Educación, Mercedes Miguel, destacó que el plan busca fortalecer aprendizajes prioritarios, innovar en la enseñanza y profundizar la transformación digital.

El ciclo lectivo cerrará con más estudiantes capaces de resolver tareas de mediana y alta complejidad: en primaria, el desempeño en Lengua pasó de 61,7% en 2023 a 65,5% en 2025 y en Matemática de 33,5% a 40,7%. Además, disminuyó la proporción de alumnos que solo resuelven consignas simples. En 7° grado se redujo la brecha entre escuelas privadas y estatales: 2 puntos en Matemática y 0,9 en Lengua.

En secundaria la desigualdad también se achicó: la brecha se redujo 5,7 puntos en Lengua y 4,3 en Matemática. El porcentaje de estudiantes que resolvió tareas de mediana y alta dificultad subió de 38,4% a 42,9%, aunque hubo una baja entre quienes lograron resolver las consignas más complejas en Lengua (de 58,7% a 55,4%). En paralelo, aumentó la proporción de estudiantes que al menos alcanza las tareas más sencillas.

Entre las medidas adoptadas por la Ciudad se incluyen la actualización del Diseño Curricular de Inicial y Primaria, la regulación del uso de celulares en clase y el programa Secundaria Aprende, que propone cambios profundos en la forma de aprender.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.