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Foto: GCBA

El GCBA anunció que logró bajar un 80% el número de menores en situaciones de vulnerabilidad en la calle

ste protocolo coordina acciones para garantizar la protección de los derechos de los niños y adolescentes involucrados, y brindar una respuesta ágil en la intervención, afirmaron en el Gobierno porteño.

Publicado el 18 de marzo de 2024|

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció que logró bajar en un 80% el número de menores en situaciones de vulnerabilidad en la calle a partir del nuevo protocolo “Cero niños en la calle”, que establece procedimientos y coordina distintas dependencias para que ningún chico viva en la calle.

En este contexto, el jefe de Gobierno, Jorge Macri, se reunió en el Centro de Monitoreo Urbano de Chacarita con los policías que rescataron a la bebé de siete meses abandonada el 4 de marzo en Plaza Miserere, en Balvanera (Comuna 3), para agradecerles a las fuerzas y a los servicios de la Ciudad por el compromiso para garantizar la protección y los derechos de los niños.

“Cuando localizamos a un menor de edad en situación de calle activamos las alertas y ayudamos a las familias para que accedan a los diferentes programas de asistencia”, explicó Macri, quien estuvo acompañado por el ministro de Seguridad, Waldo Wolff; de Salud, Fernán Quiros; y de Desarrollo Humano y Hábitat, Gabriel Mraida.

El protocolo se implementó por primera vez el 9 de febrero de este año, cuando se logró resolver el caso de una familia compuesta por madre, padre y dos niños, en Brasil y Pichincha. La familia fue alojada y se encuentra protegida bajo amparo. A partir de esta primera experiencia se iniciaron una serie de operativos conjuntos, con una reducción del 80% en el número de casos.

Este protocolo coordina acciones para garantizar la protección de los derechos de los niños y adolescentes involucrados, y brindar una respuesta ágil en la intervención, llevada adelante por equipos del Buenos Aires Presente (BAP) y el Programa Abordaje Territorial especializado de Niños, Niñas y Adolescentes (ATENNA).

El BAP ofrece el ingreso a un Centro de Inclusión Social, subsidio de apoyo habitacional o revinculación a residencia de origen. En caso de que se rechacen estas opciones y persista la situación de vulnerabilidad, se adoptan medidas de acuerdo a la Ley 26.601 de protección integral de los derechos de los niños.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.