cementerio_chacarita_980

Foto: GCBA

El GCBA cuenta a los cementerios como espacios verdes públicos, denuncian vecinos

Con este cálculo oficial, hay 7 m2 de espacios verdes por habitante en CABA. Según los vecinos, al no contemplar las necrópolis ni canteros o plazas secas, el número final da 4,31 m2 / hab.

Publicado el 4 de octubre de 2023|

La agrupación Amigos del Lago de Palermo emitió un comunicado donde denuncia que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cuenta a los cementerios como espacios verdes públicos. Con este cálculo oficial, hay 7 m2 de espacios verdes por habitante. Según los vecinos, al no contar las necrópolis ni canteros o plazas secas, el número final da 4,31 m2 / hab.

“El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires acaba de publicar su estadística bianual comparativa sobre la cantidad de espacios verdes públicos bajo su control, en relación con la cantidad de habitantes. No contento con consignar en anteriores cómputos como espacio verde público a los inexistentes “jardines de la Av Gral Paz” (no existen más después de los ensanches) y a los “polideportivos” (con construcciones que hacen a sus fines) y siempre dispuesto a sorprendernos, ahora el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta incorporó a los cementerios como espacios verdes públicos disfrutables por la población. Así puede verse en el gráfico publicado por la Dirección General de Estadística y Censos que acompañamos”, analizaron.

“En estos datos de 2023, con la deformación de los datos procesados, llega al sorprendente resultado de 7 m2 de espacios verdes por habitante. Pero la realidad es que deberíamos excluir las siguientes superficies por sólo contar con un verde decorativo (en el caso que tuvieran algo de verde): 102,3 ha de plazoletas (secas) / 236, 7 ha de canteros / 14,6 ha de jardín / 42,5 ha de vereda / 4,8 ha de derivadores de tránsito. También, y especialmente, las 246,7 ha de “otros” donde seguramente está la superficie correspondiente a “cementerios”, “jardines de la Gral Paz” y otros datos impensados. Si sumamos todos los datos truchos, deberemos descontar 873,3 ha a las 2.167,7 ha que dan como total. O sea que quedan 1294,4 ha Si esa cifra se la divide por 3 millones de habitantes de CABA, nos da un sorprendente 4,31 m2 / hab”, plantean.

“Pero además, a esa cifra todavía le deberíamos descontar inmensas superficies impermeabilizadas en casi todas las plazas a partir de 2005, cuando se inicia su “puesta en valor”. Ese proceso no ha cesado y ha significado perder hasta el 30% de la superficie absorbente de casi todos los espacios verdes de la ciudad. Así, tenemos resultados muy por debajo de los famosos “entre 10 y 15 m2/hab” recomendados internacionalmente.

Pero estas cifras tienen otro aditamento: el uso de los espacios verdes de la Ciudad que se ven obligados a hacer millones de habitantes del Gran Buenos Aires ya que, tomando todas las ciudades que lo integran, allí, la proporción no llega a 1 m2 de espacio verde / hab, existiendo localidades enteras con cero (0) m2/hab de espacio verde público”, indican los ciudadanos.

“Por otro lado, la única forma de ampliar significativamente la superficie verde en la ciudad, son las tierras del dominio público de Estado Nacional dentro de ella (ferroviarias, etc.). Esto hace que cualquier discurso “pro-verde” las tenga que tener en cuenta, de lo contrario, de nada sirven las propuestas legislativas abstractas de darle un “marco de referencia” a su no-existencia”, concluye Amigos del Lago de Palermo.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.