Publicado el 16 de mayo de 2025|

El GCBA informó que “la devolución del saldo de Ingresos Brutos en 48 horas ya llegó a más de 10.000 vecinos”

La cifra que recibieron los vecinos supera los $4.000 millones, con montos promedio de devolución de $400 mil por contribuyente.

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Foto: Infobae

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informó este viernes que 10.000 “vecinos que pidieron la devolución del saldo a favor (SAF) de Ingresos Brutos ya recuperaron su dinero. Desde enero, el trámite se hace en solo 48 horas, cuando antes tardaba hasta tres meses”.

“La cifra que recibieron los vecinos supera los $4.000 millones, con montos promedio de devolución de $400 mil por contribuyente. El procedimiento para pedir el saldo a favor es sencillo, 100% online y completamente autogestionado, lo que acelera el trámite y simplifica la gestión”, expusieron fuentes oficiales y añadieron: “Los primeros 10.000 emprendedores, comercios y PyMes fueron beneficiados con la devolución de dinero como parte del plan de la Ciudad que incluye beneficios para simplificar los trámites”.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) ya contactó a los 221.000 posibles beneficiarios de la devolución de saldos a favor. El trámite puede hacerse desde la “Cuenta Corriente Tributaria”, a la que se accede con Clave Ciudad desde la web de AGIP (www.agip.gob.ar).

Para pedir la devolución, dentro de la “Cuenta Corriente Tributaria”, se debe seleccionar la opción “Operaciones” y luego “Devolución SAF”. Allí se deberá completar el formulario correspondiente y los datos del CBU. Al confirmar que toda la información es correcta, podrán descargar el comprobante y, de no existir inconsistencias, recibirán el dinero en su cuenta en un máximo de 96 horas hábiles.

Los reintegros son para SAF de hasta $2 millones, y quienes tengan un saldo superior o necesiten atención personalizada, podrán continuar la gestión a través del trámite a distancia (TAD). Más información en este enlace. Además, el Jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, envió a la Legislatura proyectos de ley que forman parte de un paquete de alivio fiscal para los vecinos de la Ciudad. Entre ellos se destaca la eliminación y reducción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los trabajadores no profesionales como, por ejemplo, peluqueros, fotógrafos, electricistas, gasistas y plomeros”, detalló el GCBA.

“También se propone la eliminación del Impuesto a los Sellos a distintos contratos con fines comerciales o turísticos, al leasing de vehículos y a la compra de propiedades desde el pozo, entre otros. Y llevar a costo cero 71 trámites relacionados a distintas áreas como el Registro Civil, otorgación de Licencias, Rúbrica de Libros, Permisos, Habilitaciones, Seguridad y Protección Ambiental, entre otros”, concluyó.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.