El GCBA pide ampliar el Presupuesto 2024 en cuatro billones y cambiar la Ley Tarifaria: la oposición denuncia “tarifazo”
El Poder Ejecutivo envió dos proyectos de Ley que fueron defendido por el minstro de Hacienda.
El Poder Ejecutivo porteño, encabezado por Jorge Macri, presentó un proyecto de Ley para ampliar el Presupuesto 2024 en $ 4.517.086.453.895. Además presentó otro proyecto para modificar la Ley Tarifaria de este año.
El jueves el ministro de Hacienda Gustavo Arengo defendió ambas propuestas ante la Comisión de Presupuesto del Poder Legislativo porteño.
Arengo explicó que “en lo que respecta al gasto en personal, este proyecto de ampliación presupuestaria propone un incremento de un billón 867.147 millones de pesos”. Y agregó: “Esta mayor erogación se debe al impacto de la inflación anual estimada sobre los acuerdos salariales que establecimos con las organizaciones gremiales que representan a los trabajadores de la Ciudad, luego de las constantes conversaciones que mantuvimos y mantenemos mensualmente con dichos sectores”.
“El proyecto de ley que hoy estamos presentando plantea la necesidad de incorporar una ampliación de los créditos presupuestarios aprobados del orden de los 4 billones 517.086 millones de pesos, debido, tal como ya mencioné, a la evolución y a la proyección de las principales variables macro económicas, que en conjunto, muestran un aumento sustancial del costo de vida por sobre la pauta original incorporada en el presupuesto”, afirmó el ministro.
No obstante, en la oposición denuncian un posible tarifazo en caso de que se aprueben los cambios a la Ley Tarifaria. “Más tarifazos que se suman al ajuste nacional y afectan la vida de los porteños y porteñas”, sintetizó Juan Pablo Modarelli (Unión por la Patria).
La legisladora de UP Claudia Neira aseguró: “La crisis económica generada por el Gobierno de Javier Milei nos está llevando a una crisis financiera en la Ciudad. La recaudación tributaria porteña cayó en el primer bimestre del año un 34% y la nacional coparticipable subió 75% menos que la inflación en marzo. La recesión y la inflación nunca antes vista en la historia reciente, generan que la recaudación caiga y las necesidades de la población suban por la caída de los ingresos reales de las familias. Por esto, Jorge Macri plantea una modificación de la Ley Tarifaria”.
“En esta modificación, plantean varios aumentos: Suba del ABL. Suba de Patentes. Suba del Impuesto Inmobiliario. También incluyen una innecesaria suba de tarifas de parques públicos con recreos y piletas, ¡y hasta proponen la suba de tarifas para la cremación de ataúdes!”, alertó.
“Estas medidas no solo afectan a los sectores medios y populares -grandes perdedores del modelo de Javier Milei-, sino que además son tributos que no representan el grueso de la recaudación y pueden no ser pagados en momentos de crisis económica. Lo que sucede es que, frente a los distintos aumentos que nos llegan día a día -medicamentos (375% interanual), alimentos (329%), seguros médicos (114% solo en el 2024), etc.- es probable que la morosidad de estos tributos crezca; es decir, que no se paguen”, indicó Neira.
“Nuestro bloque tiene una batería de iniciativas para afrontar la caída de recaudación, sin afectar a la clase media y los sectores más vulnerables. Valdés propuso la renegociación del canon de todas las concesiones a privados otorgadas por el GCBA con actualización mensual por IPC. Matías barroetavena planteó la modificación de las escalas de ABL e Imp. Inmobiliario para que las propiedades de mayor valor paguen más, y recuperar así la progresividad del tributo. En particular, hoy presentamos un proyecto para aumentar 1% la alícuota de Ingresos Brutos a los agentes del Sistema Financiero, evitando que recaiga en los préstamos a las PyMEs, aunque en este contexto el sistema de crédito está totalmente destruido en nuestro país”.
“Esta medida sería transitoria y recaería en sólo 5200 contribuyentes de los más de 1 millón que tributan IIBB y, en particular, sobre los Servicios de Banca Minorista y Mayorista (88 contribuyentes) que en el 2023 explicaron el 26% de los Recursos Corrientes del Tesoro porteño”, concluyó Neira.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






