Estaciones de servicio cierran esta noche contra el congelamiento de precios
Se trata de los establecimientos nucleados en CECHA, que reúne a empresarios independientes.
Las estaciones de servicio independientes, representadas por la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines (CECHA), expresaron su rechazo a la reciente decisión del Gobierno de congelar los precios de los combustibles, advirtiendo que tales medidas ponen en riesgo la viabilidad de sus negocios. Y amenazaron con cerrar de noche a modo de protesta.
CECHA, que agrupa a cámaras y federaciones de todo el país, anunció hoy a través de un comunicado que adoptará medidas de fuerza en respuesta a la decisión gubernamental. Estas acciones incluirán el cierre nocturno de todas las estaciones de servicio a nivel nacional, la solicitud de procedimientos preventivos para establecimientos en crisis y la suspensión de las revisiones paritarias en curso.
“Tras la decisión del Gobierno de congelar nuevamente el precio de los combustibles, CECHA anuncia medidas de fuerza que se aplicarán a la brevedad y en forma escalonada”, dijo el comunicado.
La organización señaló que el incremento del 12,5% aplicado a los combustibles la semana pasada fue inferior al porcentaje de devaluación del lunes 14 de agosto -ese día el dólar subió 22% en el mercado formal-, lo que tuvo un impacto negativo en el sector. Las pequeñas y medianas empresas, que comprenden más de 5.000 estaciones de servicio y garantizan 65.000 empleos, han enfrentado pérdidas de rentabilidad desde antes de la pandemia.
La semana pasada el Gobierno acordó con las principales empresas del mercado una suba de los precios seguida de un congelamiento hasta fines de octubre, después de las elecciones presidenciales. El acuerdo fue aplicado por YPF, la empresa que cuenta con más del 50% del mercado de despacho de combustibles en el país, Axion, Shell, Puma y otras. Sin embargo, ese aumento que fue acatado por las redes de las grandes empresas encuentra resistencia entre los empresarios independientes que cuentan con sus propias estaciones de servicio asociadas o no a redes.
Si bien en el comunicado CECHA reconoció el derecho del Gobierno a implementar medidas de emergencia en beneficio de la economía y los consumidores, instó a las autoridades a considerar acciones complementarias que atenúen el impacto en las estaciones de servicio.
“El aumento aplicado a los combustibles fue menor que el porcentaje aplicado a la devaluación, por lo que el efecto resulta negativo para quienes apostamos por el sector”, detallaron los estacioneros.
La confederación también ha destacado la falta de diálogo con las autoridades nacionales y la ausencia de respuestas favorables a sus preocupaciones. Esta situación podría llevar al cierre de estaciones con ventas insuficientes para cubrir sus costos operativos.
Además, CECHA ha hecho un llamado a las empresas petroleras para que revisen las comisiones por venta, que actualmente promedian el 10% a nivel nacional. En particular, señalaron que la asistencia proporcionada por YPF a sus estaciones afiliadas es insuficiente para enfrentar la crisis actual.
“El negocio de los combustibles no para de complicarse. Los empresarios, que elegimos y amamos este trabajo, ahora lo vemos desgastante y hasta desesperanzador”, dijo el comunicado.
Las estaciones de servicio en el país enfrentan desafíos crecientes y piden ser escuchadas por el Gobierno. Los propietarios y operadores del sector subrayan que su compromiso va más allá de la inversión financiera, ya que también han dedicado esperanzas, esfuerzos y tiempo a sus negocios.
CECHA concluyó su comunicado con un llamado urgente: “Nuestra crisis de rentabilidad es insostenible. Ya no podemos esperar”, según consigna Infobae.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






