garrahan

Hospital Garrahan: el Gobierno de Milei dijo que no hubo “ningún tipo de recorte”, pero los trabajadores están en alerta

El informe de un observatorio había denunciado una baja del 100% en los recursos nacionales para el centro de salud pediátrico de Parque Patriciod

Publicado el 9 de febrero de 2024|

Este viernes se divulgó un informe del observatorio Ocipex en el cual se planteaba que el Hospital Pediátrico Garrahan del barrio de Parque Patricios (Comuna 4) había pasado de recibir $861 millones desde el Gobierno nacional en enero de 2023 a percibir $0 en el mismo mes de 2024, lo que implicaba un recorte de las transferencias del 100%.

Ante el revuelo, los Ministerios de Economía y de Salud de la Nación emitieron un comunicado en el cual afirmaron que “se sostiene con normalidad el envío de los fondos destinados a insumos, salarios del personal, obras de infraestructura, entre otros ítems incluidos en el presupuesto nacional”.

“Las partidas destinadas a los Hospitales Nacionales están garantizadas. En lo que respecta al presupuesto nacional destinado a la función salud, no se ha aplicado ningún tipo de recorte en las asignaciones para los hospitales de gestión nacional”, indicaron.

“Se continúa con normalidad el envío de los fondos destinados a insumos, salarios del personal, obras de infraestructura, entre otros ítems incluidos en el presupuesto nacional”, agregaron.

El Gobierno nacional afirmó que se buca “priorizar el balance de las cuentas públicas de la Nación, respetando las normas vigentes de coparticipación, convenios adicionales y demás acuerdos asentados en leyes nacionales”.

“El ordenamiento de las finanzas de Nación pasa, en parte, por delimitar las funciones de gasto que corresponden a las jurisdicciones nacionales y las que son obligaciones de las provincias”, señalaron.

En tanto, la Junta Interna de ATE (Asociación de Trabajadores del Estado)-Hospital Garrahan emitió el siguiente comunicado, expresando que están en alerta ante esta situación: “Frente la información viral que circuló sobre la anulación completa de las transferencias al Garrahan por parte del Ministerio de Salud, fuimos a exigir información a las autoridades del Hospital. Oralmente, el presidente del Consejo afirmó que la demora en las transferencias sucede en todos los cambios de gobierno “por la falta de firmas”, que “eso se va a solucionar pronto” y que “había que estar tranquilos porque el Hospital tiene fondos para cubrir todo su funcionamiento, incluidos los aguinaldos”. Nuestra respuesta es que, incluso si fuera cierto que la demora en acreditar los fondos de enero fuera “normal”, no es cierto que estemos en una situación “normal”. Los fondos deberían estar y todavía no están”.

“El presupuesto vigente es el 2023, es decir, montos sin actualizar tras una inflación descomunal, que supera ampliamente el 200% interanual. ¿Cómo podríamos “confiar” en que esos montos van a ser “actualizados” por parte de un gobierno que está congelando los salarios y estrangulando las prestaciones públicas, como jubilaciones o alimentos para las personas más hambrientas del país? Además, si el Hospital tiene fondos propios, el anuncio es que los irá liquidando para compensar transitoriamente el desfinanciamiento oficial ¿Y luego? El ataque a la salud, la ciencia, las jubilaciones y el salario no es una hipótesis. Está ocurriendo concretamente ahora”, agregaron.

“Pensar al Garrahan como una isla no se corresponde con la realidad. Llamamos a las y los trabajadores a organizarnos para defender el presupuesto y la salud pública, que incluye como pilares las condiciones de trabajo y el salario. El fracaso de la ley ómnibus ilustra que podemos pararle la mano a este gobierno”, finalizaron.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.