La Defensoría porteña presentó un habeas corpus para “resguardar los derechos de las personas que participen de la manifestación” en Congreso
El organismo solicitó que la Justicia ordene a las fuerzas de seguridad, tanto nacionales como de la Ciudad, que "actúen conforme a los estándares internacionales a fin de evitar detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y resguardar la integridad física de quienes se manifiesten".
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires presentó un Habeas Corpus preventivo y colectivo ante la Justicia para “resguardar los derechos de las personas que participen de la manifestación o transiten por la zona en la que se desarrolla” durante este miércoles por la tarde en torno al Congreso de la Nación.
“La acción fue interpuesta frente a la creciente preocupación por el accionar de las fuerzas de seguridad en el contexto del Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público ante el Corte de Vías de Circulación, aprobado por resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación”, indicó la Defensoría.
El organismo solicitó que la Justicia ordene a las fuerzas de seguridad, tanto nacionales como de la Ciudad, que “actúen conforme a los estándares internacionales a fin de evitar detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y resguardar la integridad física de quienes se manifiesten”. Además, se requirió que el personal policial y de fuerzas de seguridad se encuentre visiblemente identificado, exhibiendo en su uniforme el nombre, apellido y rango correspondiente, para garantizar el correcto control de su accionar.
“Desde la entrada en vigencia del protocolo, la Defensoría realizó 30 observaciones en movilizaciones y protestas sociales, que derivaron en 56 pedidos de informes y recomendaciones dirigidos a los Ministerios de Seguridad de Nación y Ciudad. Hasta el momento ninguno de estos requerimientos tuvo una respuesta adecuada. En esos documentos se advirtió sobre la inconstitucionalidad de la normativa, la violación de los estándares internacionales de derechos humanos, la afectación de la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de seguridad pública, el despliegue inusual y excesivo de fuerzas federales y locales, y el uso innecesario, irracional y desproporcionado de la fuerza, entre otras”, planteó la Defensoría.
Además de ejercer sus competencias constitucionales para monitorear el accionar de las fuerzas de seguridad que cumplen funciones de policía en la Ciudad, la Defensoría del Pueblo intervino “desde diciembre de 2023 hasta el pasado miércoles para asistir a más de 80 personas detenidas y brindar atención humanitaria a otras 164 a través del Cuerpo de Emergencias y Primeros Auxilios (CEPA). Solo en la última manifestación, 114 personas fueron detenidas y más de 400 recibieron asistencia humanitaria”.
“Junto con esta presentación, la Defensoría interpuso otras dos acciones judiciales. La primera, un habeas corpus en favor de niños, niñas y adolescentes que participen en las manifestaciones, solicitando expresamente que se prohíba a las fuerzas de seguridad, tanto nacionales como porteñas, proceder a la detención de menores de edad salvo en casos de flagrancia de delito grave. La segunda, con el objeto de que la Justicia ordene a las fuerzas de seguridad que se abstengan de obstaculizar la labor del personal del grupo de rescatistas y atención humanitaria CEPA, a fin de garantizar su intervención ante situaciones de emergencia durante el desarrollo de las manifestaciones”, finalizó el organismo porteño.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






