La inflación porteña de mayo fue del 1,6%, el número más bajo en cinco años, y acumula 48,3% en los últimos 12 meses
El acumulado en lo que va del 2025 es de 12,9%.
El Instituto de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires informó que en el mes de mayo, el IPC de la Ciudad (IPCBA) se ubicó en 1,6%. La trayectoria interanual se ubicó en 48,3%. El acumulado en lo que va del 2025 es de 12,9%.
“Durante mayo la variación del IPCBA respondió fundamentalmente a las subas en las siguientes divisiones: Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles, Salud, Información y comunicación, Alimentos y bebidas no alcohólicas y Educación, que en conjunto aportaron 1,23 p.p. al alza del Nivel General”, indica el documento.
“Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles aumentó 2,1%, con una incidencia de 0,41 p.p. en la variación mensual del IPCBA, al impactar principalmente las actualizaciones en los valores de los alquileres y de los gastos comunes por la vivienda. Salud promedió una suba de 2,9% e incidió 0,26 p.p., por los ajustes en las cuotas de la medicina prepaga. Información y comunicación se elevó 3,8%, con una incidencia de 0,23 p.p., debido a los aumentos en las tarifas de los servicios de telefonía móvil y de comunicación agrupados”, se expuso.
“Alimentos y bebidas no alcohólicas registró un incremento de 1,2%, contribuyendo con 0,21 p.p. al Nivel General. Al interior de la división, los principales impulsos provinieron de Carnes y derivados (1,7%), Pan y cereales (2,1%) y Leche, productos lácteos y huevos (2,1%). En sentido contrario, las caídas en Verduras, tubérculos y legumbres (-4,9%), contribuyeron a quitar presión sobre esta división. Educación promedió una suba de 2,4% e incidió 0,12 p.p., como resultado de las alzas en las cuotas de los establecimientos de enseñanza formal”, se agregó.
“El resto de las divisiones tuvo una incidencia positiva, aunque menor, en el Nivel General, con excepción de Equipamiento y mantenimiento del hogar y Bebidas alcohólicas y tabaco que se mantuvieron relativamente estables y Transporte que presentó una variación negativa”, detalla el documento.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






