Publicado el 15 de septiembre de 2023|

La izquierda denunció un “negociado con la basura” y apuntó a Clara Muzzio

Se presentó un pedido de informes en la Legislatura proteña.

basura

El Frente de Izquierda y de los Trabajadores-Unidad (FIT-U) de la Ciudad de Buenos Aires denunció “un negociado multimillonario y muy turbio, desde hace mucho el tema concesión privada de la basura”.

Así, esta semana la legisladora por el FIT-U y docente Vanesa Gagliardi presentó un pedido de informes en la Legislatura porteña por este tema. Tiene apoyo del a primera candidata a legisladora Celeste Fierro.

Fierro denunció: “La privatización del servicio de recolección de basura implica todos los años una montaña de plata de todos los porteños que se destina a un negocio descontrolado de concesionarias amigas del macrismo. Casi 200 mil millones de pesos con la última ampliación presupuestaria en 2023. Una fortuna. Y ahora la auditoría porteña detectó irregularidades muy graves: concesiones sin concurso, prórrogas discrecionales y desvío de fondo. Queremos que Clara Muzzio corte un poco la campaña electoral y dé explicaciones en la Legislatura”.

La diputada Gagliardi, por su parte, completó: “Es un negociado multimillonario y muy turbio, desde hace mucho el tema concesión privada de la basura. Nosotros tenemos un planteo muy concreto: estatizar el servicio, reorientar esos 200 mil millones de pesos a un servicio de calidad, ecológico y de transición, y con pleno control social. Presentamos un pedido de informes y solicitamos que la candidata Muzzio asista a la Legislatura y, además, lo nuestra es protesta, denuncia y propuesta: un proyecto de estatización del servicio de forma inmediata”.

En tanto, la defensa del pedido de informes de Gagliardi sostiene: “Cada día que pasa salen a la luz irregularidades respecto a las concesiones del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos, licitaciones y contratos llevados adelante por el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. Al ser el contrato con privados que genera la mayor erogación presupuestaria de la Ciudad, representando en el 2023 el 7.03% del Presupuesto total, tener claridad de su ejecución y su consecuente prestación de servicios se transforma en un punto fundamental de cara a la ciudadanía. Desde hace años distintos informes de la Auditoría General de la Ciudad demuestran irregularidades, tanto para la obtención de los datos para realizar su trabajo, como en los informes finales de la prestación del servicio en los años auditados. A pesar de todo esto es evidente que el Gobierno de la Ciudad no ha reforzado el control del cumplimiento de los contratos con los privados, quienes prestan servicio en 6 de las 7 zonas en las que la Ciudad divide las tareas de recolección de residuos”.

“Lo que sí queda claro es que el costo de este servicio es exorbitante e injustificado. Así lo confirma nuestro cuadro comparativo, en base a los propios datos oficiales del Presupuesto 2023. A similar calidad del servicio, regular en ambos casos, este año el costo en las zonas a cargo de concesionarias privadas es un 553% más caro que el costo en la Zona V, en la Comuna 8, a cargo del Ente de Higiene Urbana. Cabe destacar que dicho Ente fue creado por la Ley 462 en agosto de 2000. Años después, en 2012, incluso la propia Ley 4.120, de carácter privatista, en su art. 11° reconoce la tarea del Ente con carácter de testigo a efectos de su comparación con el servicio privado”.

“Mientras el último informe de ejecución presupuestaria publicado oficialmente muestra que el presupuesto para el Ministerio de Salud fue solo ejecutado en un 80,777%, el correspondiente al Servicio de Higiene Urbana, dependiente de la Dirección Gral de Limpieza del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, quién paga el servicio de recolección de residuos, ha sido ejecutado en un 99,489%. Tamaña subejecución en áreas tan esenciales como la Salud, demuestran las prioridades de esta gestión. Vale decir que estos contratos privados suelen contar con ampliaciones presupuestarias que tienen en cuenta la inflación creciente, cosa que no sucede con la actualización del salario de los trabajadores de la Ciudad. Estos datos, sumados a los que reflejan el último informe de la Auditoría Gral de la Ciudad, que demuestran que el Ejecutivo compró y proveyó equipamiento a las zonas que son responsabilidad de las empresas concesionarias o que se hizo cargo del pago de antigüedad y vacaciones correspondientes al salario de los operarios de las empresas privadas, no hacen más que demostrar desmanejos y mal uso de los recursos económicos del Estado, mientra se favorece a los privados”, concluyó.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.