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Foto: TN

Ordenaron la detención de dos hombres por el hurto al exarquero Ubaldo “El Pato” Fillol en Villa del Parque

El ilícito ocurrió el 16 de marzo de 2024.

Publicado el 10 de junio de 2025|

La Cámara Nacional de Casación ordenó la detención de dos hombres involucrados en el hurto al exarquero campeón del mundo en 1978 Ubaldo “El Pato” Fillol, ocurrido el 16 de marzo de 2024 en su casa del barrio porteño de Villa del Parque (Comuna 11).

El requerimiento fue en línea con el recurso presentado por la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional (TOCC) N°28, a cargo de Guillermo Pérez de la Fuente y representada por la auxiliar fiscal Carina Olga Kadomoto, inforó el Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Según se reconstruyó, los dos acusados “sustrajeron del auto de la víctima -estacionado en la intersección de Cervantes y Bahía Blanca, en el barrio de Floresta (Comuna 10)- un juego de llaves y una billetera que contenía las tarjetas de crédito y las credenciales del vehículo. Minutos después, cerca de las 22:20, arribaron a las cercanías del edificio donde vivía el exfutbolista”.

Uno de los sospechosos ingresó al hall del edificio con la llave sustraída mientras el otro lo esperaba afuera con un teléfono celular. Según se estableció, estuvo dentro del departamento de Fillol alrededor de 20 minutos y se llevó “en una mochila alrededor de 15 prendas que el arquero tenía de su paso por la Selección Argentina y el Club Atlético River Plate”. Ambos imputados regresaron en auto hasta Floresta y dejaron las llaves del departamento dentro del vehículo de la víctima.

Los sospechosos “fueron identificados e imputados como los presuntos autores del hecho y procesados por los delitos de hurto en concurso real con hurto agravado por el uso de llave verdadera. El caso luego llegó al TOCC N°27 para su debate oral. Allí, la defensa de ambos involucrados propuso al damnificado un acuerdo por conciliación, donde ofreció la devolución de todos las prendas y dinero como reparación, a cambio de que se les dicte un sobreseimiento. La propuesta fue aceptada por el exjugador que integró el plantel de la Selección Argentina campeona en el mundial Argentina ’78”.

La fiscalía, representada por la auxiliar fiscal Kadomoto, se opuso al acuerdo e hizo foco en los antecedentes por delitos similares que presentaban los imputados. Señaló que cometieron el hecho dentro del plazo de cuatro años de las sentencias firmes que ambos registraban, indica el MPF.

No obstante, el juez Javier Esteban de la Fuente -que integró el tribunal de forma unipersonal- consideró que para la aplicación del mecanismo alternativo de la conciliación no se exige el consentimiento del MPF. Ante la decisión del TOCC, la auxiliar fiscal Kadomoto presentó un recurso de casación donde remarcó que, de acuerdo al Código Procesal Penal de la Nación, la acción pública es ejercida por el Ministerio Publico Fiscal.

La Sala I de la Cámara, integrada por los jueces Jorge Luis Rimondi, Gustavo Bruzzone y Mauro Divito, coincidió con lo expuesto en el recurso y resaltó que “la oposición fiscal, debidamente emitida, resulta vinculante para el tribunal”.

“Por ese motivo, Casación hizo lugar al recurso y reenvió las actuaciones al tribunal para que se lleven adelante las detenciones de los imputados que había solicitado el MPF. Tras esto, la defensa presentó un recurso extraordinario para llevar el caso a la Corte Suprema, que fue declarado inadmisible. Ante ello, el tribunal ordenó la detención de los dos hombres. Si bien Quintero Buendia se presentó para quedar detenido, Falcioni no fue hallado y se encuentra prófugo, por lo que se decretó su inmediata captura”, finalizó el MPF.

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