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Plaza Congreso: confirmada la prisión perpetua de uno de los responsables de los homicidios del diputado Olivares y su asesor

El otro responsable había recibido una pena de 45 años y falleció en 2023 en Marcos Paz.

Publicado el 30 de junio de 2025|

La Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal confirmó la condena a prisión perpetua de Juan Jesús Fernández, uno de los responsables de los homicidios del diputado Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón, ocurridos en mayo de 2019 en la Plaza Congreso (Comuna 1).

En septiembre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) Nº9 condenó a Fernández (48) a la pena máxima del Código Penal como partícipe necesario de los homicidios de Olivares (61) y Yadón (58), agravados por la alevosía con la que se cometieron. En esa misma resolución, le fijaron una pena de 45 años de reclusión al responsable directo de las muertes, Juan José Navarro Cádiz -primo de Fernández-, quien falleció en septiembre de 2023 en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación.

“Navarro Cádiz, después de los hechos, se fugó y fue capturado en la ciudad de Montevideo. Al momento de la extradición, y de acuerdo con las limitaciones que impone la ley 25.304 donde se suscribió el Tratado de Extradición con la República Oriental del Uruguay, el juez uruguayo puntualizó en que no se podía extraditar si los delitos por los que se juzgaría al imputado tuvieran previsto pena de muerte o perpetua”, explicó el MPF.

En el juicio se probó que “la madrugada del 9 de mayo de 2019 Fernández condujo su auto Volkswagen Vento con Navarro Cádiz como acompañante desde Montevideo 75, donde habían buscado una pistola Bersa Thunder calibre .40 con sistema de mira láser”, hasta la Plaza Congreso. “Se estacionaron tras un ómnibus, sobre la Avenida de Mayo entre Sáenz Peña y Virrey Cevallos, donde permanecieron en el interior del auto, mientras las víctimas realizaban su caminata diaria alrededor de la plaza. Alrededor de las 6.50 horas, tras efectuar varias vueltas al predio, Olivares y Yadón pasaron por al lado del vehículo, momento en el cual Fernández bajó la ventanilla del asiento del conductor y a través de ese espacio, Navarro Cádiz disparó contra los damnificados”, se reconstruyó.

“Yadón recibió tres impactos en zona del cuello, axila y pelvis mientras que Olivares resultó lesionado en su abdomen y en su brazo derecho. Tras el ataque, ambos agresores se bajaron del auto y observaron la escena: mientras que Navarro Cádiz se retiró a pie hasta su casa, Fernández volvió a subirse al rodado, se contactó con un familiar y juntos fueron hasta una cochera en Bartolomé Mitre al 1400, donde dejaron el Volkswagen Vento”, indicaron fuentes judiciales.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.