Legislatura: la izquierda denuncia que el GCBA quiere “multas millonarias a quienes se movilizan por sus derechos”
En el FIT-U aseguraron que "Jorge Macri no asumió y ya comienza a delinear el carácter represivo de su gobierno".
Este jueves la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires votará un proyecto de Ley elaborado por el Poder Ejecutivo local para modificar el Régimen de Faltas. Además de una movilización de recicladores urbanos, se espera una protesta de movimientos políticos de izquierda.
El Frente de Izquierda y de los Trabajadores-Unidad convoca a una movilización y denuncia que uno de los artículos de este proyecto busca “establecer multas millonarias a los sectores de la sociedad que se movilizan en reclamo por sus derechos y quienes salen a la calle a trabajar para poder comer”.
La legisladora Vanesa Gagliardi (MST en el FIT-U) aseguró: “De manera express, la UCR puso en tratamiento un proyecto que envió Larreta y que, con la excusa de que se ensucia o daña el espacio público, pretende multar con cifras millonarias a las organizaciones políticas y sociales que se movilizan”. Y agregó: “No nos extraña que Unión por la Patria no haya dicho nada al respecto en la reunión de comisión y avale esta política en contra de los que luchan, porque quienes se movilizan en defensa de sus derechos, también enfrentan al gobierno nacional”.
Celeste Fierro, legisladora electa del MST en el FIT-U, dijo: “Jorge Macri no asumió y ya comienza a delinear el carácter represivo de su gobierno. El radicalismo de Lousteau, que lo enfrentó en la interna, hoy hace el trabajo sucio. Milei y Marra salieron 3ros, pero el PRO y la UCR se apropiaron de su agenda y muestran la sintonía que tendrán en el próximo gobierno”. Y finalizó: “Además de resolver ninguno de los problemas de los trabajadores, ahora avanzan en su persecución. No se conforman con las denuncias civiles y penales que ya hacen a las organizaciones que enfrentan las políticas de este gobierno, hoy buscan amedrentarlas con multas. Por eso mañana vamos a movilizarnos a la Legislatura para enfrentar este nuevo avance represivo”.
El Expediente Nº 2349-J-2023, de autoría del Jefe de Gobierno, solicita Modificaciones en el Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires. Su correspondiente Despacho de Ley es el 437-23, que tuvo dictamen favorable el viernes pasado.
El FIT-U presentó una objeción a este Despacho al afirmar: “Pretender utilizar el discurso verde, ambiental, para justificar y/o tapar el verdadero carácter punitivo sobre la protesta social o sobre los sectores más vulnerables, parece un intento más de querer tapar el sol con un dedo o, en este caso, barrer debajo de la alfombra. Porque estamos en una Ciudad cuyo gobierno es el principal enemigo del ambiente, que fomenta la cementación inmobiliaria, que muestra canteros como si fueran espacios verdes, que mutila árboles con el negocio de la poda, que permite extracciones si los árboles le estorban a los proyectos inmobiliarios y, por supuesto, nada hace contra el creciente y grave problema de acceso a la vivienda, la informalidad laboral, los bajos salarios del empleo público, la deficiencias en escuelas y hospitales, el no reconocimiento como profesionales a la enfermería y un sinfín de cuestiones que afectan derechos fundamentales. Derechos por los que la ciudadanía se organiza y sale a las calles, y que ahora pretenden multar como una nueva forma de disciplinar y acallar las voces opositoras que cuestionan las políticas centrales de este gobierno”.
Así, el artículo 84 del proyecto de Ley del Ejecutivo busca “sustituir el artículo 3.1.8. del Libro II “De las faltas en particular”, Sección 3°, Capítulo I “Publicidad prohibida”, del Anexo A de la Ley Nº 451 (texto consolidado por Ley Nº 6.588 y modificado por Ley N° 6.616) por el siguiente texto”.
“Artículo 3.1.8.- Deterioro de la higiene y daño al espacio público -. El/la titular y/o responsable, ya sea persona humana o jurídica, de una actividad, emprendimiento, proyecto, programa publicitario y/o manifestación que cause un deterioro de los espacios públicos o de sus instalaciones y/o elementos, sean muebles o inmuebles y/o afecte la higiene, o impidan su utilización por otra u otras personas será sancionado/a con multa de sesenta y ocho mil quinientas (68.500) a trescientas cuarenta y dos mil quinientas (342.500) unidades fijas y/o decomiso de los elementos publicitarios y/o inhabilitación y con la obligación de realizar acciones de reparación verde.”
Además, el artículo 85 del Proyecto de Ley busca “ustituir el artículo 3.1.8. del Libro II “De las faltas en particular”, Sección 3°, Capítulo I “Publicidad prohibida”, del Anexo A de la Ley Nº 451 (texto consolidado por Ley Nº 6.588 y modificada por Ley N° 6.616) por el siguiente texto”:
“Artículo 3.1.9.- Deterioro de bienes catalogados -. El/la titular y/o responsable de una actividad, emprendimiento, proyecto y/o programa publicitario que ocasione la destrucción y/o deterioro en función de su actividad de bienes catalogados por el Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires o declarado en el marco de la Ley Nº 1.227 será sancionado/a con multa de cien mil (100.000) a trescientos cuarenta y dos mil quinientos (342.500) unidades fijas y/o decomiso de los elementos publicitarios y/o inhabilitación y con la obligación de realizar acciones de reparación verde.”
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






