Reconocieron al Círculo de Periodistas Deportivos como Bien de Patrimonio Cultural de la Ciudad
La sede está ubicada en Rodríguez Peña 628.
El vicepresidente 1° de la Legislatura de la Ciudad, Emmanuel Ferrario, y el diputado Daniel Del Sol descubrieron el lunes por la tarde una placa en el Círculo de Periodistas Deportivos (Rodríguez Peña 628), declarado “Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” por la Legislatura porteña.
El acto se realizó en la sede de la institución, ubicada en Rodríguez Peña 628, y contó con la presencia de los legisladores Matías López, Claudio Ferreño y Claudio Morresi; Roberto Gerbasi y Osvaldo Yankillevich, presidente y vicepresidente, respectivamente, de la entidad; Enrique Sacco, director del canal TNT Sports; los periodistas Julio Ricardo, Horacio Pagani, Juan “Tano” Fassini y Leonardo Paradizo; autoridades, integrantes, egresados y alumnos del Círculo.
“Destacamos la labor y el prestigio del Círculo a lo largo de sus 82 años de trayectoria, por ayudar y relacionar a sus asociados, y también por haber sido los primeros en fomentar y apostar en la formación de profesionales para los medios de comunicación”, manifestó Del Sol, autor de la iniciativa.
“Celebro la aprobación de este proyecto y que hayan acompañado diputados tanto del oficialismo como de la oposición”, expresó Ferrario.
Por su parte, Julio Ricardo, integrante del Tribunal de Honor, destacó “la distribución de cultura que hacen los periodistas deportivos a través del deporte”.
Luego, “Quique” Sacco, egresado de la escuela del Círculo y socio vitalicio, dijo que entró al Círculo “lleno de sueños y muchos de ellos se pudieron concretar”, y que sintió “alegría” por la distinción.
En tanto, Leonardo Paradizo, también egresado de la institución y actual vocal suplente de la entidad, aseveró que es “un orgullo” para los que tuvieron la posibilidad de formarse allí, dado que es el lugar que les dio “las primeras herramientas para poder desarrollarse en la profesión”.
Después, Pagani, integrante del Tribunal de Honor, aseguró que en la institución le enseñaron “las bases del periodismo” y que el reconocimiento “honra este lugar”.
Luego de llevarse a cabo el descubrimiento de la placa, Gerbasi manifestó: “Consideramos al Círculo una especie de segundo hogar porque de jóvenes entramos por su puerta con muchas ilusiones. Pasaron décadas y afortunadamente muchos seguimos ligados. Esta institución está para representar y cobijar a cada periodista deportivo, es su casa”.
Al finalizar, Yankillevich, impulsor de la idea, agradeció el homenaje: “Nuestro trabajo es incesante y nos abre tantas puertas… Propusimos que nuestra sede sea Patrimonio de la Ciudad y gracias a los diputados se logró avanzar con la iniciativa”.
El 24 de mayo de 1941 se fundó el Círculo de Periodistas Deportivos, gracias al consejo de un grupo de colegas chilenos que llegaron al país, una entidad que ellos ya habían iniciado tres años atrás y que también se había concretado en Perú y Bolivia.
Tiene como objetivos facilitar la labor del cronista y obtener garantías esenciales en su relación con asociaciones, clubes y autoridades públicas; servir de punto de contacto para que se traten y conozcan todos los periodistas deportivos; establecer la ayuda mutua para casos especiales; propiciar actos de carácter técnico y cultural; promover entre sus asociados el conocimiento de otros ambientes del interior y exterior; y establecer relaciones con organismos de cronistas del interior y exterior.
Su actual sede, un edificio de tres plantas, se inauguró el 27 de diciembre de 1955, en donde han recibido a miles periodistas deportivos de todo el mundo con afecto y generosidad.
En 1954 el Círculo de Periodistas Deportivos le dio vida a la distinción más importante del deporte argentino como lo es el Premio Olimpia. Luego, en 1970, se incorporaron los premios Olimpia de Plata a los deportistas más destacados de cada actividad, elegidos por los socios e integrantes de la institución.
El 1° de julio de 1960, el Círculo empezó a brindar un curso de periodismo deportivo y finalmente el 10 de abril de 1961 comenzó por primera vez en Argentina la carrera de esta profesión, cuya escuela “José R. López Pájaro” funciona también en Rodríguez Peña 628.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






