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Foto: La Nación

Vecinos de Palermo quieren reunirse con Clara Muzzio por la concesión de El Tambito: “Más irregularidades en el Parque 3 de Febrero”

La agrupación Amigos del Lago de Palermo señala que la normativa vigente "prohíbe entregar concesiones en todos los espacios verdes de la ciudad".

Publicado el 25 de agosto de 2023|

La agrupación Amigos del Lago de Palermo emitió un comunicado con respecto a la concesión de El Tambito, un histórico inmueble ubicado en el Parque Tres de Febrero (Comuna 14), que luego de un proceso de restauración será concesionado para que allí funcione un bar. Denuncian que es un proceso irregular y por eso solicitan una reunión con la ministra de Espacio Público e Higiene Urbana Clara Muzzio, también candidata a vicejefa de Gobierno de Juntos por el Cambio.

“Como primera aproximación al hecho, cabe destacar que fueron las sucesivas administraciones del GCBA que desde hace veinte (20) años vienen dejando degradar hasta extremos indecibles lo que fue esta histórica construcción. Nuestros reclamos documentados se remontan a la administración Ibarra. Ahora, los habitantes de esta Ciudad debemos pagar la desidia de todos estos administradores infieles (Ibarra, Macri, R. Larreta) con los costos de esta restauración”, indicaron.

“Pero acá no termina la historia, sino que desde 1993 está vigente la Ordenanza Municipal N° 46.229 que prohíbe entregar concesiones en todos los espacios verdes de la ciudad. Para abundar, el Parque 3 de Febrero está zonificado en el Código Urbanístico como Urbanización Parque -UP- donde no se puede habilitar ningún uso comercial. Y como si esto fuera poco, ese sector también está catalogado como Área de Protección Histórica, el APH2 Parque 3 de Febrero, donde sólo se pueden realizar obras de conservación y manteamiento, no habilitar usos extraños a los de parque histórico”.

“Dadas estas circunstancias, es inexplicable como la Ministro de Espacio Público e Higiene Urbana Clara Muzzio pretende entregar una concesión imposible para un “emprendimiento” más imposible aún. En atención a lo anteriormente dicho es que solicitamos una urgente entrevista con la Ministra (y posible futura Vicejefa de Gobierno) para tratar este tema que -como expresamos hace poco tiempo en otro comunicado- no es la única irregularidad dentro del Parque 3 de Febrero, ya que a la nombrada anteriormente, se une la desaparición de la Plaza Cmte. Andrés Guacurari Artigas y el Paseo Marcela Iglesias bajo las mesas, sillas e instalaciones varias de los locales gastronómicos ubicados debajo del viaducto ferroviario, frente al Rosedal”, concluyeron.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.